Casi 300 dependientes reclaman en los tribunales su derecho a ayudas

La nueva Ley de Servicios Sociales extenderá la posibilidad de exigir judicialmente más recursos

06 feb 2016 / 22:35 h - Actualizado: 06 feb 2016 / 23:45 h.
"Dependencia"
  • Antonia Saavedra cuida de su hija Joaquina, en una foto de 2007. / José Manuel Cabello
    Antonia Saavedra cuida de su hija Joaquina, en una foto de 2007. / José Manuel Cabello

La Junta prepara una nueva Ley de Servicios Sociales que pretende blindar el derecho a recibir ayudas y prestaciones en situaciones de exclusión, como alquileres sociales ante desahucios o ayudas para pagar la luz y el agua. Se trata de que sean derechos subjetivos reclamables en los tribunales, como ya ocurre con las prestaciones de la Ley de Dependencia. Desde que se aprobó ésta, en 2007, un total de 293 andaluces han reclamando en los tribunales derechos reconocidos en la norma y en 103 casos, los jueces les han dado la razón. En el último año, 76 dependientes presentaron recursos contencioso-administrativos relativos a decisiones de la Junta sobre su atención, según datos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.

La posibilidad de reclamar ayudas sociales ante los tribunales si se considera tener derecho a ellas y la Junta no las concede fue uno de los aspectos de la nueva ley que más destacó la consejera de Igualdad y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio, durante la presentación del Proyecto de Ley tras su aprobación en el Consejo de Gobierno el pasado 12 de enero. Supone considerar determinadas prestaciones y servicios un derecho subjetivo y, por tanto, ante el que no se pueden esgrimir problemas de disponibilidad presupuestaria para no atenderlos. Se trata de hacerlos equivalentes a la asistencia sanitaria o la cobertura educativa. Programas como el Salario Social están sujetos al presupuesto, aunque es una partida modificable mediante créditos ampliables, y en los años más duros de la crisis se ha demostrado insuficiente para cubrir el aumento de la demanda, con muchas solicitudes denegadas además de importantes retrasos denunciados insistentemente por el Defensor del Pueblo Andaluz.

En el caso de las reclamaciones judiciales de derechos recogidos en la Ley de Dependencia, la denuncia más frecuente también tiene que ver con la demora en la percepción de las ayudas una vez realizada la valoración del dependiente y elaborado su Plan Individual de Atención (PIA), donde se le reconoce oficialmente como beneficiario con derecho a prestación y se determina el tipo de ayuda que recibirá.

Aunque la norma fija un plazo máximo de tres meses para empezar a percibir el servicio o prestación, lo cierto es que los retrasos han sido constantes desde el inicio del sistema y especialmente a partir de 2012, cuando el desarrollo de la ley sufrió un parón por la falta de recursos públicos (una cosa es lo que dice la ley y otra la realidad, pero existe la posibilidad de exigirlo en los juzgados). De hecho, a 31 de diciembre de 2015, constaban en el sistema 275.423 andaluces reconocidos como beneficiarios con derecho a una prestación pero eran 179.239 quienes la estaban recibiendo. Ello supone que 96.184 se encuentran en un limbo, con derecho a recibir ayuda pero sin tenerla aún. Muchos son dependientes moderados que hasta el año pasado no tenían derecho a recibir servicios ya que el Gobierno central del PP retrasó el calendario de su entrada al sistema.

Otros motivos de los recursos judiciales, sobre todo en los últimos dos años, son la reclamación con carácter retroactivo de las ayudas económicas para cuidados familiares, es decir, personas que exigen recibir dicha ayuda desde que se les aprobó y no solo a partir de empezar a recibirla. También son frecuentes las reclamaciones por responsabilidad patrimonial por la dilación en la tramitación de los procedimientos.