Más burocracia, carga extra de trabajo y falta de formación

Los ayuntamientos se quejan de dificultades con las herramientas informáticas y avisan de que las pymes lo sufrirán

14 jul 2018 / 19:22 h - Actualizado: 14 jul 2018 / 19:28 h.
"Economía","La nueva ley de contratos"
  • Las licitaciones en el sector público se ha convertido en un «tapón» con la nueva Ley de Contratos. En la imagen, obras en la SE-40. / J.M. Cabrera
    Las licitaciones en el sector público se ha convertido en un «tapón» con la nueva Ley de Contratos. En la imagen, obras en la SE-40. / J.M. Cabrera

Se han cumplido cuatro meses de la entrada en vigor de la nueva ley de contratos del sector público, un corto periodo de tiempo pero suficiente para poner de manifiesto el descontento generalizado entre los ayuntamientos, especialmente los más pequeños, por la complejidad que añade la nueva normativa a la licitación y adjudicación, la carga de trabajo extra para los funcionarios, la falta de formación en el manejo de las herramientas electrónicas que exige y la ralentización y retraso que está provocando en la gestión diaria.

«Para muchos ayuntamientos andaluces la aplicación de la nueva normativa está suponiendo un tapón en la ejecución de sus presupuestos, dificultándose la función de prestador de servicios», destaca Teresa Muela, secretaria general de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP). De ahí que se haya decidido crear un grupo de trabajo para coordinarse con su homóloga nacional FEMP y «realizar los contactos oportunos con el ministerio competente para instar los ajustes necesarios en la ley que permitan dar flexibilidad a la gestión local». Especialmente, alude Muela a los contratos menores, «buscando fórmulas que eviten agravios en el sector empresarial respecto a la pequeña y mediana empresa que desarrolla su actividad a nivel municipal». Para ello, también la institución elaborará una «propuesta de moción solicitando al Gobierno la urgente revisión de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre», explica la secretaria general de la FAMP.

Las dos grandes modificaciones de la ley –aunque un poco más adelante se desgranan todos los cambios y su alcance– son la supresión del procedimiento de licitación negociado sin publicidad y la reducción de importes y usos de los contratos menores, que minoran su cuantía máxima de 18.000 a 15.000 euros para la prestación de servicios y de 50.000 a 40.000 euros en el caso de las obras. Este tipo de contrato es el más utilizado por los ayuntamientos porque es el más fácil administrativamente y el más ágil en cuestión de plazos. Además, las administraciones deberán estar vigilantes porque se imponen restricciones a los adjudicatarios, que no pueden superar –independientemente del número de contratos– los 15.000 euros o 40.000 euros en un año desde la última fecha de adjudicación, para impedir que siempre se contrate a los mismos. Y se añade que tienen que ir acompañados de una memoria que justifique esa licitación.

Un sondeo entre los ayuntamientos de siete municipios andaluces –La Rinconada (Sevilla), Conil de la Frontera y Ubrique (Cádiz), Puente Genil (Córdoba), Peligros (Granada), Serón y Vera (en Almería)– aflora cuál es la realidad que viven las administraciones locales y cómo se están adaptando a la nueva ley, de obligada aplicación desde el 9 de marzo.

«Es de valorar el interés de la nueva ley por atajar la corrupción, favorecer la transparencia y fomentar la participación de las pymes en la contratación pública, pero en el mundo local su aplicación está por ver. La ley está diseñada para su aplicación por parte de la Administración General del Estado y las comunidades autónomas, pero desconoce las peculiaridades de la Administración local». El Ayuntamiento de Ubrique, para el que lo peor está siendo «la tramitación electrónica, encajar la nueva contratación menor y el manejo de la plataforma estatal», lo nota en su día a día en la «ralentización de todos los procesos de contratación» y en la carga de trabajo adicional para los funcionarios. Según su experiencia, se está constatando «una disminución de la necesaria y deseable concurrencia» de empresas.

«Lo hacéis así para que no podamos ofertar», se quejan los empresarios al Consistorio de Puente Genil, donde han tardado «más de cuatro meses» en publicar la licitación de una obra y lo sufren en la saturación de Secretaría e Intervención del Ayuntamiento.

Desde Peligros, junto a la adaptación electrónica, critican que «se ha limitado en exceso la posibilidad de la contratación directa y la posibilidad de mantener pequeños suministros con los comercios locales». Y en Vera, la preparación y seguimiento de los contratos es lo que más contratiempos les está generando, junto al exceso de burocratización en el caso de Serón.

Además de la problemática citada, recurrente en la mayoría de municipios, Conil de la Frontera añade las dificultades «para cuantificar los valores de los contratos y la incorporación de nuevos procedimientos como la consulta de mercado y la elaboración de los nuevos pliegos». En su caso, no han podido licitar en este tiempo por el «exceso de trámites internos», lamentan la mayor carga de trabajo que afrontan tirando «de horas extras» y pone de relieve que, en su caso, carecen de los equipos informáticos y ofimáticos para cumplir con las obligaciones electrónicas.

La Rinconada, por su parte, afea que «no se ha arbitrado ningún tipo de curso especializado en el manejo de la plataforma estatal» antes de la entrada en vigor de la ley y, aunque el ayuntamiento está licitando gracias a un «sobreesfuerzo» de puesta al día, admite que otros muchos están parados. Pone el acento en las dificultades añadidas para los pequeños municipios por las estrictas exigencias en «las comisiones técnicas de valoración y la composición de las mesas de contratación» y alertan del «colapso» al carecer de herramientas de contabilidad informática para sumar las cuantías de los contratos menores. Además, advierte del perjuicio para las pequeñas empresas, ya que «tienen que darse de alta en la administración electrónica y eso requiere de un estudio que les lleva a tener que acudir a consultoras», por lo que reclama cursos de formación para ellas.

Principales novedades

La directora general de Empleo y Apoyo a la Economía e Innovación Social del Ayuntamiento de Sevilla, María Paz Lagares aclara cuáles son los grandes cambios que ha traído consigo la nueva ley, que es fruto de una transposición de directivas europeas que se remontan a 2014.

Los objetivos que persigue esta actualización son básicamente poner coto para evitar cualquier tipo de fraude, mejorar la transparencia y facilitar el acceso y la concurrencia de las pymes a estos contratos. Precisamente con esa intención, uno de los mayores cambios afecta a la obligatoriedad de las administraciones públicas de dividir aquellos contratos que sean susceptibles de fraccionamiento en lotes para favorecer la participación de pymes y autónomos, que también ven ahora rebajadas las exigencias de las condiciones de solvencia financiera y técnica que demandaba el sector público para poder optar a esos contratos.

En aras de potenciar esa transparencia, todos los contratos con cualquier nivel de administración deben quedar registrados en la Plataforma estatal de Contratación «independientemente del importe al que sean licitados», aunque existen pequeñas excepciones, aclara.

También existe la opción en la nueva ley de hacer «una reserva de contratos», es decir, «como ayuntamiento puedo decidir que para atender un determinado servicio –por ejemplo de vigilancia o limpieza– solo liciten centros especiales de empleo o empresas de inserción o de economía social», apunta.

De especial interés para aquellas empresas que trabajen para las administraciones es el apartado que recoge, como novedad, la posibilidad de que una subcontratista a la que la empresa contratista no le haya abonado sus facturas en el plazo de 30 días, «puede solicitar el pago directo a la administración». Con ello se intenta frenar que la morosidad acabe asfixiando a los negocios más pequeños.

Otra novedad relevante afecta a los criterios de adjudicación, de manera que «ya no se adjudicará a la oferta económica más ventajosa, sino a la oferta que presente una mejor relación calidad-precio» del bien o servicio, con idea de poner fin a la práctica de las bajas temerarias. ¿Y cómo se evalúa que en efecto se da ese binomio calidad-precio? Lagares apunta que en los pliegos deben incluirse los criterios «objetivos, evaluables y medibles» que van a primar en la adjudicación, de carácter medioambiental o social, del tipo de que se valorará con más puntuación si la empresa que se adjudica por ejemplo una obra supera el porcentaje de contratación de colectivos de especial vulnerabilidad por encima del mínimo que marca la ley. «Si la empresa gana esa obra porque había dicho que iba a contratar a diez personas vulnerables y no lo cumple, se establecen penalidades por el incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución, que tienen carácter de obligación contractual», y que pueden conllevar desde sanciones leves hasta la resolución del contrato.

Aunque el seguimiento de los contratos se presupone que siempre debe realizarse, con la nueva ley «es más preciso», lo que implica más carga de trabajo y necesidades de formación del personal. «En el Ayuntamiento de Sevilla, todos los funcionarios a nivel jefe de servicio y de sección han recibido cursos», explica. En el caso del consistorio hispalense, abunda, había trabajo adelantado porque en 2016 había incluido las cláusulas sociales y medioambientales en sus directrices de contratación pública.

Lagares avanzó que está previsto que en el mes de septiembre se desarrolle un curso de formación, en colaboración con la CES, para explicar estas claves a las empresas sevillanas. ~