La Junta recurre la sentencia de TSJA que anula la orden que rebajaba el horario de Religión en Primaria

Así lo ha señalado la consejera de Educación en la Comisión de Educación en el Parlamento, en la que ha explicado que en esta sentencia “no se analiza el fondo de la cuestión, aunque falla anulando la orden por un defecto de forma”

13 jun 2018 / 11:48 h - Actualizado: 13 jun 2018 / 11:51 h.
"Religión"

La Consejería de Educación ha presentado un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que anula la sentencia en la que declara nula la orden de 17 de marzo de 2015 que desarrollaba el currículo de la Educación Primaria en Andalucía en lo relativo a la configuración y carga lectiva de la asignatura de Religión.

Así lo ha señalado la consejera de Educación en la Comisión de Educación en el Parlamento, en la que ha explicado que en esta sentencia “no se analiza el fondo de la cuestión, aunque falla anulando la orden por un defecto de forma”. Concretamente, añade, “se aduce que no se dio cumplimiento al trámite de audiencia ya que la notificación para la alegaciones se envió a la parte interesada, los obispos, a su sede de Granada y no a la de Sevilla”.

De este modo, Gaya ha reiterado que el gabinete jurídico de su departamento ha recurrido en casación dicha sentencia, al tiempo que ha explicado los tres hechos en los que se basa el mismo. Así, apunta que el 28 de enero de 2015 la Secretaría General de Educación “remitió la notificación para alegaciones a la Asamblea de los Obispos del Sur de España” y, de esta manera, la Administración educativa “dio por finalizado el procedimiento de trámite de audiencia”.

El segundo hecho, añade Gaya, “es que con el objetivo de fomentar la máxima participación”, la Secretaría General de Educación “decidió publicar en la web de la Consejería el proyecto de orden e incorporarla así al expediente del trámite de información pública”, y en tercer lugar, expone que “también se puede acreditar la participación de la Asamblea de Obispos del Sur en la elaboración de la norma”, porque “existen correos electrónicos que así lo acreditan”.

“La sentencia establece contra la misma la posibilidad de presentar recurso de casación en el plazo de 30 días y ya se ha notificado a la sala la interposición del mismo”, incide Gaya, que añade que “son conscientes de que la anulación de una disposición de carácter general como esta supondría un perjuicio para el sistema educativo”, por lo que además ha anunciado que esta semana han iniciado la tramitación de dos nuevas órdenes que vuelven a regular los aspectos contenidos tanto en la orden de Primaria de 17 de marzo de 2015 como en la orden de Secundaria de 14 de junio de 2016.

De este modo, explica que el pasado 11 de junio se inició la tramitación que “establece el procedimiento con la consulta pública previa de ambos proyectos de órdenes”, que, agrega, “estarán a disposición de la ciudadanía para que aporten sus consideraciones hasta el próximo 25 de junio”.

Y añade que el objetivo de iniciar la tramitación “es poder contar cuanto antes con las nuevas órdenes regulatorias de los curriculum de Primaria y Secundaria”. “Se trata de tomar las medidas oportunas para no estar al albur de lo que finalmente determinen los tribunales y desde ya garantizar la mayor seguridad jurídica posible, que pasa por empezar el próximo curso con el necesario respaldo normativo en la regulación curricular no solo de la Religión sino de ambas etapas, tanto en Primaria como en Secundaria”, concluye.