Tienen una función bien definida: aplicar los conocimientos adquiridos durante la formación académica o profesional y desarrollar capacidades que mejoren la empleabilidad de los jóvenes. Sin embargo, las prácticas se han convertido en demasiadas ocasiones en una tapadera que esconde, bajo el paraguas del aprendizaje, la usurpación de un puesto de trabajo. Es la principal crítica que lanzan los sindicatos CCOO y UGT, que advierten de que las situaciones de abuso y fraude se han extendido con la crisis económica y que han provocado que un joven prolongue una trayectoria laboral precaria más allá de los 35 años, a pesar de contar con una formación académica espectacular, incide Carlos Alberto García Romero, secretario de Juventud de CCOO-A.
Los casos destapados en las cocinas de grandes chefs de renombre con becarios ocupando puestos de trabajo estables o eternos becarios en centros de investigación que no terminan de alcanzar un contrato, sino que enlazan beca tras beca, son solo la punta del iceberg. Hasta las organizaciones sindicales llegan muchos jóvenes decepcionados por que, tras hacer todo lo que les han pedido y más, finalmente no se quedan en la empresa.
Aquí entra en juego «cómo interiorizan los becarios» esta realidad. Mientras que alguien con experiencia ve que se incumplen derechos adquiridos o se incurre en fraude, muchos jóvenes «lo enfocan como una oportunidad a cualquier precio», por lo que aceptan todo tipo de tareas con la esperanza de quedarse contratados en la empresa.
Comencemos por aclarar los conceptos. Existen dos tipos de prácticas, las laborales y las no laborales. Las de este segundo tipo comprenden las prácticas curriculares (forman parte del plan de estudios universitarios o de Formación Profesional) y se necesitan para completar los estudios, y las extracurriculares, que son aquellas que se realizan de forma voluntaria en empresas o entidades, en virtud de los convenios suscritos entre estas y los centros de formación. Su objetivo es prepararse para el ejercicio de una profesión, no suponen relación laboral alguna con el centro donde se realizan y no existe obligación de compensación económica, si bien en algunos casos puede existir una ayuda o beca para contribuir con los gastos de desplazamiento o dietas. En este sentido, desde CCOO-A se pone el acento en que hay que «visibilizar la naturaleza de la beca para no eternizar la formación del estudiante y no dar pie a posibles fraudes ocupando puestos estructurales», señala García Romero.
De ahí que exista una duración máxima de las prácticas, que suele rondar de media los tres meses, aunque puede variar según los convenios firmados. En el caso de las extracurriculares, la norma precisa que podrán tener prolongarse hasta el 50 por ciento del curso académico, pero también se llegan a acuerdos para poder prorrogar esos plazos.
Uno de los principales logros en la regulación de la materia se consiguió en 2011, a través del Real Decreto 1493/2011, de manera que los becarios cotizasen a la Seguridad Social, lo que permite de facto un mayor control e identificar si se están dando situaciones de abuso en algunas empresas.
No hay una norma que regule las condiciones mínimas que deben cumplir todas las prácticas no laborales en cuanto a ayudas, duración y contenido, sino que depende del plan de estudios o programa de formación y de su normativa específica. «La única regulación común a todas las modalidades es la obligación de cotizar en el caso de que haya una ayuda o contraprestación económica».
Pero el problema es más acuciante cuando la entidad que se trate no cuenta con representación sindical que detecte esos abusos, por lo que en raras ocasiones la queja concluye en denuncia. Son los más desprotegidos y los que suelen acudir al sindicato a exponer su situación. «Por miedo se desinflan las denuncias. Hay que tener en cuenta que desde un punto de vista económico tampoco resulta rentable a la hora de exigir una reclamación de cantidad», puntualiza el secretario de Juventud de CCOO-A.
¿Se han producido avances en estos años que pongan coto a prácticas abusivas? En 2014 se aprobó el Real Decreto que regula las prácticas de los universitarios, con lo que se facilita el marco y los límites, pero en última instancia depende de los convenios entre las universidades y las empresas e instituciones.
UGT-A explica que las prácticas laborales se rigen por dos contratos. El de prácticas –que puede extenderse desde los seis meses hasta un máximo de dos años– cuenta con una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social, consistente en 500 euros al año durante tres años. Si la contratada es una mujer, la cifra se eleva a 700 euros.
En la provincia de Sevilla se firmaron el pasado mes de enero 86.570 contratos. De ellos, solo el 0,7 por ciento en la modalidad de prácticas (esto es, 606). Y de esos algo más de 600, apenas 55 se acaban convirtiendo en contratos indefinidos, según apunta la secretaria de Comunicación, Imagen, Redes y Salud laboral de UGT Sevilla, María Iglesias, que precisa que el 45 por ciento de ellos fueron suscritos por mujeres.
En el caso del contrato para la formación y el aprendizaje, que tiene por objeto la cualificación profesional del trabajador, se orienta para los jóvenes de entre 16 y 25 años (y menores de 30 años hasta que la tasa de paro baje del 15 por ciento), y podrá tener una duración mínima de un año y máxima de tres años, con una retribución que no puede ser inferior al salario mínimo interprofesional (SMI). El 0,37 por ciento de los contratos rubricados en Sevilla en enero fueron de este tipo (320) y de ellos, 51 se convirtieron en indefinidos.