Cómo reclamar el impuesto de las hipotecas

La sentencia del Tribunal Supremo conocida hoy establece que es el banco y no el cliente el que debe abonar el impuesto de actos jurídicos documentados

18 oct 2018 / 17:11 h - Actualizado: 18 oct 2018 / 17:51 h.
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  • Clientes en bancos y oficinas bancarias. / Jesus Barrera
    Clientes en bancos y oficinas bancarias. / Jesus Barrera

La sentencia del Tribunal Supremo conocida hoy que establece que es el banco y no el cliente el que debe abonar el impuesto de actos jurídicos documentados permitirá a unos 190.000 hipotecados reclamar la devolución de esta tasa, que le supondrá a la banca un desembolso de unos 1.900 millones de euros.

El importe del impuesto varía en función de la comunidad autónoma y del valor escriturado, y oscila entre el 0,5 % hasta el 1,5 % sobre el importe del préstamo hipotecario; además, en algunos territorios se aplican bonificaciones en la compra de vivienda habitual de personas discapacitadas o de familias numerosas.

Por ejemplo, para una hipoteca media de 150.000 euros contratada a 25 años, el desembolso ha sido de unos 1.500 euros. Andalucía es una de las comunidades que aplica un gravamen del 1,5 %, junto a Aragón, Valencia, Castilla León, Cataluña, Galicia y Murcia. Con el 1,25 % figura Castilla La Mancha, y con el 1,2 %, Asturias, Baleares y Extremadura. Canarias, Cantabria y La Rioja aplican un 1 %, y por debajo de esta tasa, Madrid (0,75 %) y Ceuta, Melilla, Navarra y el País Vasco (0,50%).

Pedir la devolución a Hacienda

El sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ya ha indicado, tras conocer la sentencia del Supremo, que aquellos ciudadanos que hayan formalizado un préstamo hipotecario en los últimos cuatro años, los ejercicios no prescritos fiscalmente, pueden solicitar a Hacienda la devolución de ingresos indebidos, más intereses de demora.

Los expertos de Legálitas recomiendan seguir los siguientes pasos para reclamar el impuesto de las hipotecas:

1. Tienes que localizar la escritura de préstamo hipotecario cuyos gastos pretendes reclamar, junto con las facturas de notaría, registro de la propiedad, tasación del inmueble, gestoría e impuesto.

2. Presenta una reclamación ante el banco que te concedió el préstamo. Pon especial cuidado al hacerlo ante la entidad financiera correcta, ya que debido a las absorciones entre bancos pueden desatender tu reclamación, al igual que, en caso de haber cambiado de banco la hipoteca debería cursarse solicitud a ambas entidades.

3. El banco debería responder a la reclamación en un plazo máximo de unos dos meses. Si en ese proceso la entidad no satisface la demanda o plantea otras opciones que puedan afectar a los derechos del consumidor, es el momento de reclamar judicialmente, como advierten desde Legálitas.

La vía judicial

Si ya hace más de cuatro años desde que suscribiste la hipoteca y, por tanto, fiscalmente el pago del impuesto ha prescrito, tendrás que emprender acciones legales contra la entidad bancaria y solicitar la devolución, que no prescribe puesto que el Supremo ha anulado el artículo del impuesto que establecía que eran los clientes bancarios quienes pagaban el tributo.

En dicha reclamación debes establecer, tal y como indican los técnicos de Hacienda, que existe un “enriquecimiento injusto” por parte de la entidad bancaria, a quien reclamarás que te devuelvan lo pagado de más por un tributo que nunca debiste pagar.

Ante esta circunstancia, Gestha ha solicitado a la AEB, la patronal bancaria, y al conjunto del sector financiero que establezcan un procedimiento voluntario para devolver dichas cantidades y que no obliguen a los clientes bancarios a pleiterar por las cantidades pagadas de más.