El juez avala la comisión cobrada por Caixabank por usar sus cajeros

El magistrado rechaza la demanda de Adicae, que recurrirá la sentencia

06 may 2016 / 21:53 h - Actualizado: 06 may 2016 / 22:51 h.

El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona ha desestimado la demanda de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae) contra CaixaBank por las comisiones de dos euros que cobró entre marzo y septiembre del año pasado a clientes de otras entidades por el uso de sus cajeros. Adicae recurrirá la sentencia, que considera «un ataque a los consumidores».

El fallo recuerda que la retirada de efectivo en un cajero por parte de un cliente de otra entidad «nunca» había sido un servicio gratuito en España antes de marzo de 2015, por lo que «no puede reconocerse un derecho omnímodo de los usuarios no clientes de una entidad bancaria a utilizar la red de cajeros automáticos de esta entidad a su conveniencia».

CaixaBank decidió a principios de 2015 cobrar una comisión de dos euros a todo aquel que no tuviera cuenta en la entidad y sacara dinero de sus cajeros, una tasa que se sumaba a la que ya imponían a sus clientes las entidades emisoras de las tarjetas utilizadas en la retirada de fondos.

El banco catalán, sin embargo, revocó esta medida en el mes de octubre, después de que el Gobierno cerrara el paso al cobro de dobles comisiones a través de una nueva norma. El nuevo sistema aprobado por el Ejecutivo establece que en ningún caso el dueño del cajero cobrará directamente al usuario, sino que lo hará a través de la entidad de la que es cliente.

Adicae llevó a CaixaBank ante la justicia al entender que durante más de seis meses cobró ilegalmente esta comisión, embolsándose «indebidamente» más de 16 millones. Según Adicae, la tasa de Caixabank era una «práctica abusiva y competencia desleal», y pedía la devolución de todas las cantidades cobradas en este período.

Durante el juicio, que se celebró el pasado 13 abril, CaixaBank defendió la legalidad del cobro de la comisión, ya que hasta el momento de promulgación de la norma del Gobierno «no existía disposición alguna que prohibiera» ese cobro directo al usuario por la entidad titular del cajero automático.

El magistrado entiende que CaixaBank informó adecuadamente a los no clientes de esa comisión de dos euros por el uso de sus cajeros, y de que la entidad emisora de sus tarjetas podía cobrarles una comisión distinta.