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Fiscal espera cambiar la norma para hacer una «excepción» con el cangrejo rojo

El consejero de Medio Ambiente ha reconocido que es un asunto «complejo» y ha recordado que los científicos coinciden en que esta especie «se ha convertido en parte de la cadena trófica en el bajo Guadalquivir»

15 abr 2016 / 13:51 h - Actualizado: 15 abr 2016 / 14:04 h.
"Cangrejo rojo"
  • Pesca del cangrejo rojo en el municipio sevillano de Isla Mayor. / El Correo
    Pesca del cangrejo rojo en el municipio sevillano de Isla Mayor. / El Correo

El consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, José Fiscal, ha abogado este viernes por trabajar «conjuntamente» para modificar la norma, refiriéndose a la situación del cangrejo rojo tras la sentencia del Tribunal Supremo que da la razón a Ecologistas en Acción y otros grupos conservacionistas y anula las excepciones que, entre otros aspectos, permitían la pesca y comercialización del cangrejo rojo pese a su inclusión en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras.

En declaraciones a los periodistas en Huelva antes de inaugurar las jornadas ‘El litoral de Andalucía en perspectiva: Norma y Naturaleza’, y preguntado por este asunto, el consejero ha reconocido que es un asunto «complejo» y ha recordado que los científicos coinciden en que esta especie «se ha convertido en parte de la cadena trófica en el bajo Guadalquivir».

Fiscal ha remarcado también «el papel tan importante que juega en la economía de Isla Mayor (Sevilla) y en los municipios de su entorno desde el punto de vista medioambiental, ya que también son importantes para la supervivencia de otras especies».

Por su parte, el sector de empresarios cangrejeros de Isla Mayor va a presentar, apoyándose en tres motivos principales, «un incidente de nulidad de actuaciones» a la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en relación a la citada sentencia del alto tribunal.

De esta manera, la Asociación de la Pesca y Acuicultura del Entorno de Doñana y del Bajo Guadalquivir (Pebagua) ha presentado este incidente de nulidad a partir de tres motivos, los cuales son la «falta de emplazamiento» de este colectivo en el proceso como «parte interesada»; la aplicación, por parte del TS, de «una normativa no vigente en el momento de dictar sentencia», y, en tercer lugar, «por la interpretación ilógica e irrazonable del concepto de ‘recurso zoogenético’ recogido en la Disposición Adicional 3ª de la Ley 42/2007 y artículo 2 del R.D. 630/2013».