Hacienda llamará a los usuarios que quieran hacer la Renta por teléfono

El contribuyente podrá coger cita y será la Agencia Tributaria la que le llame, siempre que no tenga actividad económica ni ganancias patrimoniales

07 feb 2018 / 08:00 h - Actualizado: 07 feb 2018 / 14:25 h.
"Agencia Tributaria","Impuestos","Campaña de la Renta"
  • Foto de archivo de la sede de la delegación de Hacienda en Sevilla con usuarios elaborando su declaración previa cita. / Javier Cuesta
    Foto de archivo de la sede de la delegación de Hacienda en Sevilla con usuarios elaborando su declaración previa cita. / Javier Cuesta

Las declaraciones de la Renta «más sencillas» se podrán hacer por teléfono. Es una de las novedades tributarias de 2018, un año cargado de modificaciones técnicas y de medidas contra el fraude y para facilitar que el contribuyente cumpla con su obligación de forma voluntaria. Por eso la Agencia Tributaria facilitará que personas como los jubilados o asalariados sin más ingresos puedan coger cita previa para que después la propia administración le llame para rellenar su declaración.

Así lo explica a esta redacción Juan Carlos Berrocal, presidente de la Asociación Profesional de Expertos y Tributarios de España (AECE), quien visitó Sevilla este lunes para desgranar las novedades tributarias para 2018 en unas jornadas para profesionales de la contabilidad y la tributación.

Según Berrocal, no podrán hacer la declaración de la Renta por teléfono ni las personas con actividad empresarial ni, entre otros casos, quien presente ganancias patrimoniales por la venta de una vivienda, por ejemplo. «Es una medida para facilitar que los contribuyentes con declaraciones más sencillas cumplan con su obligación y es un beneficio para, por ejemplo, jubilados a los que les sale a devolver o tienen el deber de declarar», indica.

Por ahora, «el proyecto de la orden ministerial ya está publicado y se superó el periodo de información pública, sólo queda la firma del ministro Cristóbal Montoro para que se haga efectivo», apostilla Berrocal, que sostiene que lo más seguro es que se apruebe este mes para que el 4 de abril, fecha en la que arranca este año la campaña de la Renta, esté operativo.

Pero no es la única medida para «facilitar el cumplimiento de las obligaciones de forma voluntaria». La Agencia Tributaria confecciona una aplicación para ofrecer servicios personalizados e incluso un sistema para avisar de partidas no consignadas cuyos datos les ha llegado a través de terceros.

Hay que recordar que el programa informático PADRE fue sustituido hace unos años por la plataforma Renta WEB y que ésta incorpora este año otra novedad: ya no habrá que presentar un escrito «por ingresos indebidos» cuando se quiere corregir una declaración que sale a devolver porque la plataforma ahora permite subsanar el error, lo que acorta los trámites y el tiempo de espera hasta poder cobrar.

Nuevos plazos

Este año, los plazos para la presentación de la declaración de la Renta se adelantan: del 4 de abril al 2 de julio (era del 6 de abril al 30 de junio), mientras que el calendario para la domiciliación bancaria será del 4 de abril al 27 de junio (antes 25 de junio).

En cuanto a las novedades informáticas, el presidente de la Asociación Profesional de Expertos y Tributarios de España asegura que este año los técnicos de Hacienda han implantado «un nuevo sistema para evitar el colapso que se prevé para el 4 de abril, cuando empiezan a llegar declaraciones de los contribuyentes que quieren cobrar lo antes posible».

Y, ojo, para acceder al borrador de la Renta hará falta este año el dato de la casilla 450 del ejercicio de 2016 y el NIF, como siempre, más la fecha de caducidad del DNI. ¿Y qué pasará si se trata de una persona mayor con un DNI muy antiguo que no tiene fecha de caducidad? Según Berrocal, se exigirá el IBAN de una cuenta bancaria para acceder a los datos fiscales.