Los andaluces ahorrarán 400 euros en comisiones al amortizar hipoteca

Concluye el periodo de consultas de la ley que regulará los créditos hipotecarios, aún sin fecha

15 sep 2016 / 22:13 h - Actualizado: 15 sep 2016 / 23:01 h.
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  • Aún no hay fecha para la entrada en vigor de la nueva ley sobre las hipotecas. / Jorge Zapata (Efe)
    Aún no hay fecha para la entrada en vigor de la nueva ley sobre las hipotecas. / Jorge Zapata (Efe)

La nueva normativa sobre hipotecas, fruto de la transposición de una directiva europea que busca mejorar la transparencia y la protección del consumidor, cumplió ayer un paso más en su largo camino de tramitación con la finalización del periodo de consultas.

Aunque aún no hay fecha para su entrada en vigor, ya que su aprobación depende de la formación de gobierno, y a falta de conocer las alegaciones que el sector haya podido plantear, ya se han hecho cálculos del impacto que podrá tener la medida estrella de la nueva ley: la reducción y limitación de las comisiones que el cliente paga por devolver anticipadamente parte del préstamo hipotecario. Así, según la estimación realizada por el portal kelisto.es, los andaluces que amorticen hipoteca podrán ahorrar hasta un máximo de 401,2 euros. Un ahorro, basado en los préstamos medios formalizados en la comunidad, que en el conjunto de España puede rozar los 500 euros.

Independientemente de las cuantías, el ahorro para el hipotecado será una realidad palpable, ya que la actual regulación contempla que las entidades financieras pueden cobrar una comisión por amortización anticipada de hasta el 0,5 por ciento durante los primeros cinco años del préstamo, y a partir del sexto año y sin límite, ésta se reduce al 0,25 por ciento. Sin embargo, con la nueva ley, los bancos tendrán que elegir entre dos posibles alternativas. Así, pueden optar entre aplicar una comisión máxima del 0,25 por ciento si el pago anticipado se realiza durante los primeros cinco años de vida de la hipoteca y a partir del sexto año no podrá cobrar nada. O bien, podrá establecer una comisión máxima del 0,5 por ciento si la devolución tiene lugar a lo largo de los tres primeros años porque a partir del cuarto ya no podrá realizar ningún cargo por este concepto.

Según destaca Estefanía González, portavoz de finanzas personales del portal, la ley, que ya va con retraso porque el plazo para la transposición finalizó el pasado mes de marzo, beneficiará a todos los que tengan un préstamo hipotecario, ya que su aplicación tendrá carácter retroactivo.

Aunque ahora, tras el periodo de 45 días en los que ha estado sometida a consultas, habrá que ver si se han planteado sugerencias y si éstas se introducen en la normativa, tras la aprobación harán falta seis meses más para su entrada en vigor, que además se ve perjudicada por la falta de constitución de gobierno, precisa.

No obstante, algunas entidades financieras ya han comenzado a recoger y trasladar a sus empleados los principales cambios que van orientados a dar más información y ofrecer mucha claridad y transparencia a los clientes antes de contratar el préstamo para evitar que se repitan situaciones similares a las vividas con las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios.

Entre estas medidas se incluye que el empleado encargado de dar las aclaraciones sobre uno de estos créditos –que deberá contar con formación específica– deberá identificarse y dejar constancia por escrito, y además tendrá que facilitar ejemplos sencillos de referencia como una hipoteca de 150.000 euros a 25 años para favorecer la comparación del cliente si quiere sondear las ofertas entre varias entidades.

La ley recoge además que no podrá obligarse al consumidor a la suscripción de productos accesorios que no hayan sido solicitados. Asimismo, también contempla el derecho a que los usuarios tengan a su disposición una copia de la escritura en la notaría que elija para cotejar que los datos estén correctos al menos tres días antes de la fecha de formalización, cuando hasta ahora la lectura se realizaba en el mismo acto de firma.

González, sin embargo, se muestra cauta antes de valorar este tipo de medidas porque mucha de la letra pequeña de la futura ley tendrá que ser desarrollada por cada Estado miembro, en el caso español por el Ministerio de Economía y Competitividad y por el Banco de España. Y hasta entonces no se conocerán qué requisitos de formación exigen o qué cláusulas de los contratos deben ser tratadas o previstas de manera específica o cuáles serán las obligaciones exigidas para los intermediarios del crédito inmobiliario, concluye.