El Mercantil suspende el 31,38% de Lopera y abre la puerta a un nuevo Betis

El club seguirá en manos del actual consejo, ya que el juez no nombra ningún administrador, hasta el 23-S. Farusa irá a la junta con mayoría simple (20%), Castaño con el 5%, López Catalán con el 4%, PNB con el 3%...

30 jul 2015 / 15:02 h - Actualizado: 30 jul 2015 / 19:13 h.
"Real Betis","Manuel Ruiz de Lopera"
  • Lopera, a la salida de los juzgados.
    Lopera, a la salida de los juzgados.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla ha suspendido este jueves los derechos del 31,38% de las acciones del Betis en poder de Farusa y ha prohibido a esta sociedad disponer de ese paquete de 36.869 títulos, pero no designa un nuevo administrador judicial, por lo que Manuel Ruiz de Lopera podría ir con su mayoría accionarial restante, cercana al 20%, a la junta de accionistas convocada para el 23 de septiembre.

Javier Carretero, el magistrado que ha tomado esta resolución, no nombra un administrador que sustituya a Francisco Estepa, impuesto por el Juzgado de Instrucción número 6 y que abandonará el club a partir del 1 de agosto. Así pues, el Betis seguirá en manos de Juan Carlos Ollero y su consejo de administración (sin Francisco Estepa, que finaliza su periplo tras el levantamiento de las cautelares impuestas por Mercedes Alaya) hasta que se resuelva el juicio por la titularidad de ese 31,38% del capital, así como las posibles apelaciones. La sentencia, en principio, se conocerá precisamente a lo largo de septiembre, mes en el que cambiará de nuevo la configuración del Betis. Tal como están las cosas, a la junta del 23-S acudirán Lopera con su 20%, Manuel Castaño con el 5% que atesora como segundo máximo accionista y José Miguel López Catalán, actualmente consejero, con alrededor del 4%.

«ES TAL LA POSIBILIDAD DE QUE PROSPERE LA ACCIÓN PRINCIPAL» QUE LA CAUCIÓN ES BAJA

El magistrado también rebaja la fianza que había exigido a la acusación para adoptar esta medida y la sitúa en 85.000 euros. En este punto aparece uno de los extractos más llamativos del auto, ya que el magistrado da a entender que hay muchas opciones de que su sentencia definitiva sea favorable a los demandantes.

«Atendiendo a [...] la posibilidad de que prospere la acción principal de nulidad, se aprecia que es tal que permite reducir el importe de la caución», dice Carretero, que también considera que «la potencial lesividad de las medidas cautelares adoptadas no puede ser de gran alcance». De hecho, considera que su sentencia «sólo se traducirá en la simple paralización temporal de la posibilidad de venta y de ejercicio de los derechos que corresponde a las acciones». En cuanto a los 85.000 euros, llega a ese cálculo en función de la valoración que hizo Farusa en el contrato de compraventa con Bitton, en el que ponía a ese 31% el precio de 8.366.508 euros. El juez establece como fianza el 1% (83.665 euros) para luego redondear

Farusa, por cierto, pidió una caución sustitutoria, pero el juez lo rechaza.

ADIÓS A LA VENTA A BITTON SPORT

La prohibición de disponer de esas acciones también impide también la venta a Bitton Sport. El juez no habla expresamente de la sociedad de Luis Oliver, pero sí advierte sobre el riesgo de que las acciones juzgadas fuesen transmitidas, de ahí la prohibición de que su teórico propietario disponga de ellas.

«No cabe de duda que toda transmisión de las acciones generaría situaciones susceptibles de impedir o dificultar la efectividad de lo que pudiera obtener la otra parte en el procedimiento principal, [...] porque la solución que se pudiera obtener en una eventual futura sentencia que declarase la nulidad de lo acordado podría enfrentarse a situaciones ya consumadas o suponer, cuando menos, una solución tardía para el conflicto suscitado, lo que acarrearía consecuencias difíciles de borrar», expone el magistrado en su auto.

PUERTA ABIERTA PARA «EL BETIS DE LOS BÉTICOS»

Según uno de los abogados de los demandantes, Adolfo Cuéllar, la decisión del Mercantil es «positiva» para los denunciantes y abre la puerta a «un Betis de los béticos» porque puede permitir «la entrada de accionistas minoritarios en el consejo de administración»

Contra este auto cabe recurso de apelación, que además sería «de tramitación preferente» pero «sin efectos suspensivos», por lo que la suspensión de los derechos seguiría vigente mientras se resolviese el eventual recurso.