Mas invoca la Constitución ante el Tribunal Supremo

El expresidente catalán, Artur Mas, apela a los derechos constitucionales a la participación y a la libertad ideológica y de expresión en el anuncio del recurso que presentará ante el alto tribunal contra la sentencia que le condenó a dos años de inhabilitación por la consulta del 9N

21 mar 2017 / 16:42 h - Actualizado: 21 mar 2017 / 19:02 h.
"Tribunales","Debates políticos","Artur Mas"
  • Carles Puigdemont y Artur Mas / EFE
    Carles Puigdemont y Artur Mas / EFE

Mas y las exconsejeras Joana Ortega e Irene Rigau –condenadas a un año y nueve meses, y a un año y medio, respectivamente– por el 9N anunciaron formalmente que recurrirán la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para que se les absuelva de un delito de desobediencia al Constitucional.

Los recursos de los encausados se suman al que la Fiscalía Superior de Cataluña anunció el pasado viernes que presentaría para que el Supremo condene a Mas, Ortega y Rigau, también por el delito de prevaricación del que fueron absueltos, por el que el ministerio público solicitó hasta ocho años de inhabilitación.

En sus escritos para anunciar sus recursos de casación, los encausados alegaron que en sus condenas por el 9N se han vulnerado hasta cinco preceptos constitucionales, entre ellos los de libertad ideológica y de expresión y el que reconoce el derecho de participación de los ciudadanos en los asuntos públicos. Además, las defensas de los condenados, creen infringidos por la sentencia del 9N los derechos constitucionales de igualdad ante la ley, tutela judicial efectiva, motivación y congruencia de las sentencias, presunción de inocencia, a un proceso con todas las garantías y legalidad.

De la misma forma, el anuncio de los recursos –que las defensas desarrollarán en posteriores escritos ante el Supremo– adujo que la sentencia del TSJC vulneró preceptos similares del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales.

En su escrito, la defensa de Mas, ejercida por el abogado Xavier Melero, esgrime un error en la apreciación de las pruebas por parte de la sala del TSJC que juzgó el caso del 9N y, concretamente, en la valoración del informe del Consejo Asesor para la Transición Nacional que fue aportado a la causa.

En su sentencia, el TSJC recordaba que dicho Consejo, dependiente de la Generalitat, elaboró varios informes en los que advertía de que en el proceso soberanista podía incurrirse en un delito de desobediencia, «en el escenario en que medie una resolución judicial previa como sería una medida cautelar adoptada en un proceso contencioso administrativo o, incluso, en un proceso constitucional».

El recurso de Ortega, defendida por el letrado Rafael Entrena, también alertó de un «error grave en la apreciación de la prueba» por parte del TSJC, que se habría desprendido de varios documentos de la causa que a su parecer «demuestran la equivocación del juzgador, sin resultar contradichos por otros elementos probatorios de igual o superior valor».

Concretamente, este recurso mantiene que han sido erróneamente valoradas por el TSJC las comunicaciones recibidas por el gobierno catalán respecto a la providencia en que el TC suspendió la consulta, así como la petición de aclaración que el ejecutivo de Mas le envió para pedirle que aclarara el alcance de su prohibición.

La defensa de Ortega consideró además que fueron incorrectamente valorados por el TSJC los convenios que el Departamento de Gobernación, de la que ella era titular, firmó para la fabricación del material usado en la consulta independentista, así como los documentos facilitados por el Centro de Telecomunicaciones de Cataluña en relación con la logística de la votación.

El abogado de la exvicepresidenta Rigau adujo también en su recurso que la sala «no practicó un serie de diligencias propuestas a tiempo y forma» y advierte de que la sentencia incurre «en manifiestas contradicciones, omite cuestiones objeto de debate por la defensa y peca de escasa claridad en algunos aspectos esenciales».

En una línea argumental similar a la de los otros dos condenados, la defensa de la exvicepresidenta, ejercida por el abogado Jordi Pina, alertó también de un «error en la valoración» de varias de las pruebas documentales presentadas. Concretamente, las facturas sobre la compra de los portátiles usados en el 9N, el certificado aportado por la defensa sobre el número de institutos catalanes propiedad de la Generalitat y los informes de fiscalización elaborados por la Intervención Delegada del Departamento de Enseñanza, unos días antes de la consulta.