Local

9.000 euros para adjudicatarios de VPO en alquiler que obtengan una propiedad

La Junta subvencionará con 9.000 euros a aquellos ciudadanos que hayan sido adjudicatarios de viviendas de promoción pública en alquiler y que adquieran otra vivienda en propiedad, de cualquier tipo. Este es uno de los artículos del borrador del Plan Concertado de Vivienda 2008-2012.

el 15 sep 2009 / 06:46 h.

TAGS:

La Junta subvencionará con 9.000 euros a aquellos ciudadanos que hayan sido adjudicatarios de viviendas de promoción pública en alquiler y que adquieran otra vivienda en propiedad, de cualquier tipo.

Este es uno de los artículos del borrador del Plan Concertado de Vivienda 2008-2012, que fue presentado esta semana por el presidente de la Junta, Manuel Chaves, en presencia de los agentes económicos y sociales --sindicatos y empresarios, que dieron su visto bueno al plan, de forma que está previsto que dicho plan sea aprobado en el último Consejo de Gobierno de la Junta de este mes de junio.

En concreto, en este borrador, esta subvención se contempla dentro del capítulo referido al acceso a la vivienda en propiedad, en el artículo que alude a 'Subvención para adjudicatarios de viviendas de promoción pública en alquiler', donde se apunte que la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio concederá una subvención de 9.000 euros a quienes, siendo adjudicatarios de una vivienda de promoción pública en alquiler de la Comunidad Autónoma de Andalucía, adquieran otra vivienda en propiedad.

Para ello, deberán cumplir una serie de requisitos, como debe ser "estar al corriente en el pago de las mensualidades; que renuncien expresamente al derecho de uso y disfrute que tienen sobre la vivienda de promoción pública en alquiler; y que entreguen dicha vivienda en buen estado de uso a la Administración de la Junta de Andalucía".

Esta propuesta fue criticada por la Unión de Consumidores de Andalucía, que lamentó que "se establezca una ayuda lineal de 9.000 euros por ceder y abandonar una VPO en alquiler antes del plazo establecido, simplemente porque el inquilino se va antes de tiempo a otra vivienda, sea del tipo que sea, y vuelve a poner la vivienda a disposición de la Administración".

Rehabilitación de viviendas . Por otro lado, en materia de rehabilitación de viviendas y edificios, el documento contempla que, cuando se actúe en viviendas vacías, de acuerdo con lo previsto en cada programa, éstas se destinarán a viviendas habituales y permanentes del propietario o al arrendamiento por un período mínimo de cinco años. Agregó que en caso de arrendamiento, éste se realizará a través de una Agencia de Fomento del Alquiler, a familias con ingresos anuales no superiores a 2,5 veces el Iprem.

Asimismo, se contempla que las viviendas rehabilitadas no podrán transmitirse 'inter vivos' durante el plazo de tres años desde la fecha de terminación de las obras de rehabilitación objeto de ayudas.

Dentro del apartado destinado a rehabilitación autonómica, cuyo objetivo es "ayudar a familias de recursos limitados que promuevan actuaciones de conservación y mejora o adecuación de sus viviendas en municipios declarados de rehabilitación autonómica", el borrador apunta que el promotor de dichas actuaciones recibirá, además de asistencia técnica del proyecto, una subvención equivalente al 50% del presupuesto de ejecución material de las obras, un porcentaje que se incrementará hasta el 70% cuando dicho promotor sea una persona mayor titular de la tarjeta 'Andalucía-Junta Sesentaycinco', modalidad oro.

<b< Subvenciones de 30.000 euros . Por otro lado, el Plan contempla una subvención de 30.000 euros por cada vivienda rehabilitada en ámbitos urbanos declarados Area de rehabilitación de barrios y centros históricos, para los propietarios con viviendas donde residan familias cuyos ingresos anuales no sean superiores a 2,5 veces el Iprem, y donde se promuevan actuaciones destinadas a eliminar condiciones de infravivienda.

Esa subvención se recibirá vía convenio con la Empresa Pública del Suelo de Andalucía y se destinará a la financiación de la redacción del proyecto y otros documentos y a la dirección y ejecución de las obras, según indicó el documento, que precisó que "en todo caso el propietario del inmueble deberá aportar un mínimo del 30 por ciento del coste de la rehabilitación de cada una de las viviendas cedidas en alquiler o desocupadas.

  • 1