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Absuelto de violar y agredir a su pareja tras retirar la denuncia a los cuatro días de ponerla

el 05 dic 2010 / 11:09 h.

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un hombre,  identificado como E.F.C., que estaba acusado de violar y de agredir  físicamente a su pareja sentimental, A.C.V., debido a que, a los  cuatro días de poner la denuncia, la mujer compareció en el juzgado  renunciando a cuantas acciones pudieran corresponderle y anunciando  que no deseaba declarar ni ser reconocida por el médico forense.  

Una vez celebrado el juicio el pasado día 27 de octubre de 2010,  la Fiscalía formuló conclusiones definitivas, apreciando en los  hechos un delito continuado de agresión sexual, un delito de lesiones  y un último delito de maltrato, hechos por los que solicitó la  imposición de una pena de once años de cárcel.  

La sentencia de la Sección Cuarta, consultada por Europa Press,  relata que las actuaciones se iniciaron después de que la mujer  formulara una denuncia el 5 de febrero de 2010, en la cual informaba  de que ambos mantenían una relación sentimental de diez años, con dos  hijos en común, y que "aunque la relación en principio funcionaba  bien, el último año empezaron a surgir problemas cuando ella se  negaba a mantener relaciones sexuales".  

Según la denuncia, entre abril y junio de 2009 la obligó a  mantener relaciones por la fuerza, mientras que en febrero de 2010 el  acusado le había dado un pellizco en el pecho. Además, y según el  relato de la víctima, sobre las 11,30 horas del día 5 de febrero de  2010 el procesado intentó mantener relaciones sexuales con ella  contra su voluntad, llegando a empujarla.  

La mujer indicó en la denuncia que, tras esto último, salió  corriendo del domicilio, siguiéndola el acusado hasta la calle, donde  la denunciante llegó a caer al suelo. Sin embargo, el día 9 de  febrero la denunciante acudió al Juzgado para renunciar el ejercicio  de cuantas acciones civiles y penales le pudieran corresponder,  manifestando no desear declarar ni ser reconocida médicamente.  

La Sala argumenta que "no se ha practicado prueba de cargo que  permita afirmar, con el mínimo grado de certeza que exige una condena  penal, que el procesado cometiera las agresiones sexuales y los actos  de maltrato imputados inicialmente por la denunciante", añadiendo  que, durante el juicio, ella se negó a declarar, lo que "implica un  vacío probatorio que no es posible suplir acudiendo a las  declaraciones sumariales de las presuntas víctimas".  

Por ello, concluye que "no puede considerarse válidamente  acreditado que el causante de las lesiones de las que fue médicamente  asistida el día de autos fuera el acusado, quien por su parte ha  negado desde el inicio de las actuaciones haber agredido a su  compañera sentimental", y pone de manifiesto que el testimonio  aportado por dos hijos de la víctima "tampoco arrojan mayor luz sobre  la realidad de los hechos denunciados".

Así, precisa que el acusado negó los hechos y señaló que, "sólo en  ocasiones, le ha insistido para mantener relaciones sexuales, quizás  con más insistencia de la cuenta, pero explicando que, cuando  finalmente han mantenido relaciones sexuales, estás han sido  consentidas".  

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