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Absuelto tras disparar a intrusos en su carpintería

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un hombre, para quien el fiscal pidió 10 años de cárcel por homicidio frustrado, por falta de pruebas.

el 11 oct 2009 / 10:57 h.

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La sentencia de la Sección Cuarta, a la que ha tenido acceso Efe, únicamente considera demostrado que M.M.J. y J.S.D. recibieron los impactos de una escopeta cuando se encontraban a la 1.15 horas del 9 de septiembre de 2003 intentando penetrar en una carpintería del lugar conocido como Parcelas de Montelirio en Dos Hermanas.

Dice la sentencia que cuando los ladrones se encontraban "más afanados en su ilícita tarea" de cortar la reja, se vieron sorprendidos por la aparición de un hombre que, armado con una escopeta de perdigones y al grito de "Hijos de puta, otra vez estáis robando" efectuó hacia ellos dos disparos. Por este hecho fue procesado D.M.R., dueño de una granja de cerdos situada frente a la carpintería, para quien el fiscal pidió 10 años de cárcel por un homicidio frustrado y 152.480 euros de indemnización al principal herido.

Los dos ladrones, que ya han sido juzgados por estos hechos, recibieron varios perdigonazos que les causaron heridas, a uno de ellos de carácter leve en el costado, brazo y lóbulo de la oreja. Explica la sentencia que el segundo agredido, M.M.J., "tuvo la mala fortuna" de que, en el momento en que giró la cabeza al oír las voces del desconocido, recibió un disparo en el ojo derecho, donde quedó alojado un perdigón por el que estuvo once días hospitalizado, tardó en curar 180 días y ha sufrido la pérdida total de visión.

La sentencia absuelve al dueño de la finca porcina porque no se puede afirmar "sin margen de duda razonable" que fuera el autor de los disparos, pese a que fueron realizados por una escopeta Beretta similar a la que él mismo poseía. Precisan los jueces que los ladrones no llegaron a ver al autor de los disparos y que el agredido dijo que procedían de una "cancela de color verde primavera" -igual a la de la granja porcina- que no describió en sus primeras declaraciones, sino cuando acudió al lugar dos semanas después para una reconstrucción de los hechos, y que además no pudo ver porque los hechos ocurrieron "de noche y sin alumbrado".

Junto a ello, el fallo apunta a que la dispersión de los perdigones "sugiere un disparo efectuado a distancia considerablemente mayor de la que se encontraba la finca del acusado". Los jueces expresan su extrañeza de que el procesado, de 41 años, se encontrase "de madrugada lejos de su domicilio y en un lugar tan poco confortable como una granja porcina" con un supuesto móvil de evitar robos, pese que "nada indica que esos delitos tuvieran tal gravedad y frecuencia como para que el acusado se decidiera a montar guardia".

Además, sorprende que el acusado llevara a cabo una reacción "tan desmesurada contra personas que ni siquiera pretendían atentar contra su propiedad, sino contra la de personas a las que tampoco consta que conociera".

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