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Absueltos seis hinchas del Betis y el Sevilla tras una pelea en la que hubo heridos graves

Los jueces de la Audiencia entienden que la identificación de los sospechosos está "viciada" y es "endeble".

el 08 mar 2013 / 17:55 h.

Seis hinchas del Betis y del Sevilla  para los que el fiscal pidió condenas de hasta siete años de cárcel por una pelea que dejó varios heridos graves han sido absueltos. La razón, que la identificación que hicieron unos de otros está "viciada" y fue "ciertamente endeble", según la Audiencia Provincial de Sevilla.

Los hechos ocurrieron el 3 de febrero de 2009. Ultras del Betis fueron a la barriada de El Gordillo para encontrarse con un grupo de Biris que se reunían en una nave para hacer pancartas para los partidos. Allí se produjo una "pelea multitudinaria entre los dos bandos, que se enfrentaron entre sí de modo indiscriminado y confuso utilizando para golpearse bates de béisbol, palos, cadenas pitón, cuchillos y porras", según afirma la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia.

Hubo varios heridos que necesitaron atención médica en hospitales y uno de ellos, Alejandro L.R., socio del Betis, permaneció 23 días hospitalizado, tardó 243 días en curarse y perdió cuatro dientes. El fiscal pedía para él una indemnización de 63.510 euros más el dinero en que se tasasen los daños en su vehículo. Este joven reconoció a los acusados Víctor D.G., Adrián J.P., José Antonio C.F. y David C.R. como autores de la agresión, pero la sentencia matiza que se trata de una identificación que "no es válida" y "está viciada", ya que sólo los señaló tras coincidir con ellos en el vestíbulo de los juzgados cuando fueron citados a declarar. Antes, mientras estaba hospitalizado, la Policía le mostró fotos de los sospechosos, todos ellos Biris, "y no identificó entonces a ninguno de ellos", aseguran los jueces.

David C.R. declaró que el día de la agresión estaba fuera de Sevilla y no se ha hecho ninguna investigación para comprobarlo, según la sentencia, pues Alejandro fue el único que lo situó en el lugar de los hechos y se trata de una prueba "endeble" para justificar una sentencia condenatoria.

En cuanto a José Antonio C.F., fue asistido en el hospital Virgen Macarena de una herida contusa en la cabeza, pero el fallo considera válida su declaración de que lo agredió un borracho en un bar, versión ratificada por el amigo que lo acompañaba.

Víctor D.G. también fue asistido de graves contusiones en el cuero cabelludo y en el juicio declaró que se las causaron unos hinchas encapuchados que entraron en el local donde confeccionaban pancartas, pero la sentencia considera que no pudo participar en la agresión porque una de sus lesiones consistió en una fractura de codo al intentar protegerse.

En cuanto a la identificación que este joven hizo en el juicio de Alejandro L.R. como la persona que lo golpeó, la sentencia recuerda que cuatro meses después de los hechos dijo a la juez de instrucción que "no podía identificar a quien lo agredió y que a Alejandro era la primera vez que lo veía".

La Audiencia absuelve a todos los acusados, para quienes la Fiscalía de Sevilla había pedido condenas de entre diez meses y siete años de cárcel por delitos de riña tumultuaria, lesiones y contra la administración de Justicia.

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