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Absuelven a Cañamero de intentar cortar la SE-30 y lanzar una piedra a un policía en 2009

Ninguno de los agentes que declararon en el juicio manifestó haber visto al acusado lanzar una piedra, ni agredir en forma alguna a los agentes.

el 10 mar 2015 / 12:55 h.

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Cañamero La juez de lo Penal número 5 de Sevilla ha absuelto al secretario  general del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT), Diego Cañamero,  por los incidentes ocurridos en septiembre de 2009 después de que,  junto a decenas de militantes del SAT, lanzara una piedra a un  policía nacional e intentase cortar la SE-30 en el Puente del Quinto  Centenario de la capital hispalense en el marco de una jornada de  reivindicación en demanda de ayudas económicas para los trabajadores  del campo. En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez  absuelve a Diego Cañamero de un delito de atentado a agente de la  autoridad y de una falta de lesiones al considerar que no ha quedado  probado que fuera Cañamero quien lanzara la piedra al policía  nacional en el avance de los manifestantes. Según señala la sentencia, de las fotografías aportadas por la  defensa, "resulta manifiesto que Cañamero se encontraba entre las  personas que intentaban sobrepasar el cordón policial, pero sin  actitud violenta alguna", mientras que ninguno de los agentes que  declararon en el juicio manifestó haber visto al acusado lanzar una  piedra, ni agredir en forma alguna a los agentes. La juez argumenta que, "de las propias circunstancias en que se  produjeron los hechos --esto es durante la confusión propia de un  enfrentamiento entre manifestantes y agentes del orden--  resulta que  no pueda descartarse que el agente incurra en error en la  identificación de la persona que lanzó la piedra, y dado que dicho  reconocimiento se constituye en la única prueba de cargo en el  presente caso, y ante la exigencia para un pronunciamiento  condenatorio de que la culpabilidad resulte demostrada más allá de  toda duda razonable, se impone el dictado de una sentencia  absolutoria". El juicio por estos hechos se celebró el 6 de febrero y, en el  mismo, la Fiscalía pidió para Cañamero, que no se personó en la sala  al haberse declarado "insumiso judicial", 15 meses de prisión por un  delito de atentado a agente de la autoridad y el pago de una multa de  480 euros por una falta de lesiones, mientras que su defensa interesó  la libre absolución.

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