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Absuelven a un presunto narco por la nulidad de las escuchas

Un condenado a nueve años por narcotráfico quedará en libertad después de que el Tribunal Supremo haya anulado las escuchas que dieron lugar a su detención porque el auto del juez no estaba motivado. El alijo que le fue incautado es uno de los que desapareció en el robo de la Jefatura.

el 16 sep 2009 / 01:32 h.

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Agencias

Un condenado a nueve años por narcotráfico quedará en libertad después de que el Tribunal Supremo haya anulado las escuchas que dieron lugar a su detención porque el auto del juez no estaba motivado. El alijo que le fue incautado es uno de los que desapareció en el robo de la Jefatura.

El Tribunal Supremo ha anulado una condena de nueve años de cárcel impuesta por la Audiencia de Sevilla a un joven que trasladó 33,5 kilos de cocaína de Madrid a Sevilla en su coche porque es creíble su versión de que desconocía lo que transportaba y por la nulidad de las escuchas telefónicas.

Este alijo es uno de los afectados por el robo de cien kilos de cocaína y heroína de los depósitos de la Jefatura de Policía, si bien la sentencia de la Audiencia se emitió antes de conocer la desaparición y ahora el Supremo no hace referencia a tal hecho y absuelve al presunto traficante por otras dos razones.

Por este caso fueron juzgadas seis personas, que fueron detenidas el 20 de julio de 2005 tras trasvasar la droga, repartida en 32 paquetes, entre dos coches en un garaje de Sevilla Este.

Dos de los procesados, entre ellos el colombiano H.F.P.G., aceptaron nueve años de cárcel en la Audiencia, otra imputada fue condenada a la misma pena pero no recurrió, dos mujeres procesadas como cómplices fueron absueltas y el acusado I.T.R., de 27 años, fue condenado a nueve años pero recurrió al Supremo alegando que desconocía el narcotráfico y que hizo el viaje porque acababa de vender el coche utilizado al colombiano.

Ahora, el Supremo ha absuelto a este hombre por la nulidad de las escuchas telefónicas en las que se basó la Policía para detenerle, ya que el auto judicial que las autorizó "está desprovisto de la necesaria motivación y control" y la investigación no presentaba especial complejidad que justificara los "pinchazos".

El juez autorizó las escuchas en base a "lo que parece ser una conclusión: que participaban en un segundo escalón en la distribución" de la droga, afirmación "carente de anclaje en otros indicios". Además, el alto tribunal también le absuelve porque no se ha probado su participación en el delito y, por tanto, le ampara la presunción de inocencia.

La sentencia del Supremo hace hincapié en que el colombiano declaró en el juicio que I.T.R. no conocía la existencia de la droga ni participó en su carga y entrega y que se limitó a acompañarle sin conocer el motivo del viaje.

Este alijo se encuentra entre los afectados por el robo de más de cien kilos de cocaína y heroína de la Jefatura de Policía, descubierto en mayo de 2008, que sigue sin esclarecerse y que ya ha obligado a dejar en libertad a varios presuntos traficantes que se enfrentaban a penas de hasta 12 años de cárcel.

En este caso, el robo se conoció cuando la Sección Primera de la Audiencia ordenó la destrucción de la droga y fue informada de que era imposible, pues se encontraba entre los alijos desaparecidos.

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