El director del Instituto Camilo José Cela, de Pozuelo de Alarcón, conocido por la expulsión de la joven Najwa Malha por llevar un velo islámico, ha anunciado su dimisión porque ocupará el próximo curso un cargo en la Consejería de Educación.
Fuentes de este departamento explicaron a Europa Press que el hasta ahora director, Eduardo de Bergia, ocupará un cargo de asesor técnico en la Dirección General de Educación Secundaria y Formación Profesional, donde se encargará de asesorar en el proyecto de institutos de especialidad deportiva que pondrá en marcha la Comunidad.
El director comunicó al consejo escolar el pasado martes su situación y, por consiguiente, el actual equipo directivo también se deshace, puesto que es el propio director -profesor de Educación Física- quien se encargó de formarlo.
Este IES fue noticia el pasado mes de abril por el caso de Najwa, la joven de 16 años que fue apartada de clase por acudir al hiyab, Fue decisión del propio centro conservar el reglamento de régimen interno y no modificar el artículo en el que se prohibía al alumno el uso de cualquier elemento que cubriera la cabeza.
Tras esta decisión, criticada por algunos sectores que entendían que una gorra no era comparable al velo islámico que usa una mujer en el uso de su libertad religiosa, la joven, que no renunció a utilizarlo, se cambió a otro centro del municipio donde sí se permitía su uso.
recurso. La familia de la menor insiste en que no se respetaron los derechos de la menor, por ello Iván Jiménez Aybar, el abogado de la familia de Najwa, entiende que el centro vulneró su reglamento interno de modo "flagrante" y que interpretó de manera "errónea" alguno de sus artículos.
Así lo recoge el recurso de alzada que presentó el pasado sábado ante la Consejería de Educación contra la resolución en la que la Administración educativa rechaza una reclamación del padre de la joven al entender que el IES Camilo José Cela actúo debidamente. A juicio del letrado, dicha decisión "no se ajusta a Derecho", y "vulnera legítimos intereses protegidos por el Ordenamiento Jurídico español vigente".
El abogado, en el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, parte de la consideración de que prohibir a Najwa el uso del hiyab "no sólo no encuentra amparo" en el reglamento de este centro, sino que "contraviene o vulnera" distintas disposiciones contenidas en el mismo reglamento, como el respeto a la dignidad del alumno, que se "protege de un modo escrupuloso".
Basándose en lo que recoge la Constitución sobre la dignidad de la persona, deduce que la dignidad es un "valor espiritual y moral inherente a la persona, que se manifiesta singularmente en la autodeterminación consciente y responsable de la propia vida y que lleva consigo la pretensión al respeto por parte de los demás".
En cuanto a la libertad religiosa, el abogado entiende que en el reglamento del centro se prohíbe expresamente la discriminación por motivos religiosos cuando se afirma que "es deber de todos los miembros de la comunidad educativa facilitar la convivencia de acuerdo con el Principio Constitucional de igualdad ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".