El Gobierno andaluz regulará por ley el derecho a convocar consultas ciudadanas que permitirán a los andaluces condicionar la política de las instituciones, tanto de la Junta como de los ayuntamientos. Por ejemplo, los ciudadanos podrán codecidir cuál debe ser la prioridad de gasto en los presupuestos, vetar la privatización de un servicio (un hospital, la recogida de basuras...) o frenar un proyecto si consideran que pone en riesgo el medio ambiente. La convocatoria de un referéndum será potestad de la presidenta de la Junta, del Gobierno andaluz, de los ayuntamientos o de la propia ciudadanía (previa recogida de firmas), y podrán votar todas las personas empadronadas en Andalucía mayores de 16 años, incluido los inmigrantes. El derecho a consulta es uno de los aspectos más llamativos del anteproyecto de la Ley de Participación Ciudadana, aprobado ayer en Consejo de Gobierno. El vicepresidente Diego Valderas dijo que se trataba de «la apuesta democrática más importante desde la aprobación del Estatuto de Autonomía». Con esta norma, junto a la Ley de Transparencia (ya aprobada), el Ejecutivo andaluz busca recortar la grave distancia que separa a la ciudadanía de las instituciones, y curar el virus de la desafección por la política. Sin embargo, las expectativas de participación democrática que promete esta ley vienen limitadas por su propio reglamento, ya que el resultado de la consulta no será vinculante, y además las administraciones podrán vetarlas e impedir que se celebren (aunque reúnan todos los requisitos necesarios) argumentando bien el por qué del veto. Valderas explicó que, aunque no sea vinculante, la consulta sí condicionará políticamente a los gobiernos que «desobedezcan» la voluntad popular, y puso como ejemplo su caso. Siendo alcalde de Bollullos par del Condado, en 1983, promovió que el día de la patrona del pueblo (Nuestra Señora de las Mercedes) no fuera festivo, y sometió la decisión a consulta de los vecinos. Éstos votaron en contra y opción prevaleció sobre la del Consistorio. Tipos de consulta. La futura ley regulará dos tipos de consulta, la de ámbito autonómico, que afecta a la Junta, y las de ámbito local, que dependerá de los ayuntamientos. Las primeras pueden surgir a propuesta ciudadana avaladas por 40.000 firmas, el mismo número que para registrar una iniciativa legislativa popular en el Parlamento. Pero también los ayuntamientos podrán someter una decisión del Gobierno andaluz a referéndum, siempre que cumplan tres condiciones: debe partir del 10% de los consistorios de la comunidad (es decir, no menos de 77) con acuerdo de mayoría absoluta de sus respectivos plenos; deben estar representadas las ocho provincias (al menos un ayuntamiento de cada una); y en conjunto deben representar a una población no inferior a 500.000 habitantes. Luego, aunque la iniciativa haya partido de instituciones locales, la consulta será gestionada por un «grupo promotor», una plataforma ciudadana de la que no puede formar parte ningún cargo público (ni alcalde ni concejal ni diputado). La presidenta y la Junta también pueden ser proponentes de un referéndum, bien de ámbito regional, en el que votarían todos los andaluces, bien de ámbito sectorial y territorial, en el que participarían sólo aquellos ciudadanos afectados por la medida relativa a la consulta. La Junta no puede promover un referéndum en un municipio, porque invadiría competencias locales, pero sí podrá en una provincia. Por otro lado están las consultas populares locales que, o bien partirán del propio ayuntamiento (a propuesta del gobierno municipal o de dos grupos de la oposición) o de los vecinos. Los consistorios tienen seis meses desde la entrada en vigor de la norma para adecuar sus reglamentos de participación ciudadana a la nueva ley. La Junta podrá obligar a los alcaldes a regular este instrumento legal (el referéndum), pero no puede forzarles a que lo promuevan o lo convoquen. En este caso serían los vecinos del municipio quienes podrían solicitar a su ayuntamiento que sometiera cualquier decisión a una consulta, para lo cual se requiere un número de firmas en función de la población: un 10% para municipios de menos de 5.000 habitantes; 500 más del 7% de la población en localidades de entre 5.000 y 50.000 habitantes, 6.650 firmas más del 5% de la población para los que excedan de 50.000, y en las ciudades de más de 100.000 habitantes, habrá que reunir un total de 6.150 firmas más del 3% de la población. Por ejemplo, en Cortegana, un municipio de 4.900 habitantes, recientemente los vecinos han recogido 1.500 firmas para pedir que se someta a consulta la privatización del agua, una medida impulsada por el Gobierno local del PP. El alcalde se niega al referéndum, promovido por la oposición, pero la nueva ley le obligaría a convocarla o, al menos, a justificar su negativa ante los ciudadanos. Cataluña. La norma también impide preguntar a la ciudadanía sobre el mismo tema hasta que hayan pasado dos años desde la última consulta. Tampoco se podrá organizar un referéndum 90 días antes ni 90 días después de un proceso electoral, de modo que aunque la ley entre en vigor en enero de 2015, previsiblemente no podrá aplicarse en Andalucía hasta que pasen las elecciones municipales de mayo. En un reglamento posterior se establecerá el número de consultas ciudadanas que se pueden organizar al año. La Junta desvinculó ayer esta ley del envite soberanista catalán, que precisamente planea una consulta «ilegal» sobre la autodeterminación de Cataluña. La legislación estatal impide realizar una consulta popular sobre temas de Hacienda o sobre la estructura administrativa del Estado. Es decir, en un municipio no se podrá preguntar a los vecinos sobre la bajada del IBI (se puede consultar sobre las prioridades de gasto, pero no sobre los ingresos), y tampoco podrán proponer reducir el número de concejales o aumentar el número de diputados del Parlamento. El espíritu de esta ley es hacer de contrapeso a las administraciones. Por ejemplo, la Junta podrá obligar a los alcaldes del PP a someter su política al veto de sus ciudadanos. Pero el PP, que gobierna sobre el 65% de la población andaluza a través de sus ayuntamientos (ostenta todas las capitales y 22 de las 25 grandes ciudades), tendrá más facilidad para promover consultas que pongan en cuestión las decisiones del Gobierno andaluz.