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Año y medio de prisión por conducir a unos 200 kilómetros por hora

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado una condena de año y medio de prisión por conducción temeraria y resistencia a la autoridad al conductor de un Porsche que circuló a unos 200 kilómetros por hora huyendo de la Guardia Civil.

el 15 sep 2009 / 17:52 h.

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado una condena de año y medio de prisión por conducción temeraria y resistencia a la autoridad al conductor de un Porsche que circuló a unos 200 kilómetros por hora huyendo de la Guardia Civil y obligando a otros conductores a realizar maniobras evasivas para evitar chocar.

La Audiencia ratifica así el fallo que dictó ya en julio pasado el Juzgado de lo Penal número 4 de Santander y que el conductor, Julio I.C., recurrió alegando entre otras cosas que nadie vio que fuera él quien conducía el vehículo. La sentencia de la Audiencia niega tal extremo porque, según recuerda, en un momento de la persecución el coche de la Guardia Civil llegó a ponerse en paralelo al del acusado y uno de los agentes lo vio y lo reconoció posteriormente.

Según se explica en la sentencia, los hechos sucedieron el 15 de junio de este año, sobre las ocho y media de la mañana. El acusado tomó su coche a la salida de un pub y se incorporó a gran velocidad y con "bruscos acelerones" a una carretera autonómica.

Una patrulla de la Guardia Civil de Tráfico que se encontraba en la zona lo observó y activó entonces las luces y sirenas. Al darse cuenta de la presencia policial, el conductor comenzó "una atropellada fuga" ya por la autovía "realizando quiebros y maniobras en zig-zag" para adelantar a los demás vehículos tanto por la izquierda como por la derecha, obligando a otros conductores a dar frenazos o apartarse de la calzada.

La Audiencia confirma la condena de un año por conducción temeraria y seis meses por resistencia a agentes de la autoridad, al tiempo que ratifica la retirada del carné por el plazo de tres años. Además, le impone el pago de las costas generadas con la apelación.

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