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Anulan la licencia de 'El Algarrobico' y censuran la actuación de la Junta

Un juzgado de Almería ha anulado la licencia municipal de obras del hotel "El Algarrobico" y ha remitido la causa a la Fiscalía al apreciar en la Junta de Andalucía y en el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) indicios de la comisión de delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio.

el 15 sep 2009 / 11:15 h.

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Un juzgado de Almería ha anulado la licencia municipal de obras del hotel "El Algarrobico" y ha remitido la causa a la Fiscalía al apreciar en la Junta de Andalucía y en el Ayuntamiento de Carboneras (Almería) indicios de la comisión de delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Almería obliga al Ayuntamiento a revisar de oficio la licencia de obras concedida el 13 de enero de 2003 a la mercantil Azata del Sol al incurrir ésta en una "infracción urbanística muy grave, pues la construcción afecta a suelo no urbanizable de especial protección", recoge la sentencia a la que ha accedido Efe.

En ella, el magistrado Jesús Rivera, ordena remitir el recurso íntegro al Ministerio Fiscal para que, "a falta de una más depurada calificación", dirima la presunta comisión de delitos de prevaricación administrativa y contra la ordenación del territorio por parte de la Junta de Andalucía y del consistorio de la localidad, encabezado por Cristóbal Fernández (PSOE).

Argumenta el juez esta decisión en la "abulia y desidia" de ambas administraciones para con la "defensa del interés general en cuanto al respeto de la normativa de costas y de medio ambiente", así como en la "anuente conducta del ente autonómico con esas vulneraciones del ordenamiento jurídico, que se concretó en la burda maniobra" de modificar la planimetría del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Cabo de Gata-Níjar.

En virtud de la documentación que obra en las actuaciones, el juez considera probado que el sector sobre el que se alza el hotel estaba catalogado en dicho plan como zona C1, de manera que figuraba como protegido, si bien la Junta "modificó la planimetría" e incluyó el paraje como zona D2, referida a áreas urbanizables, para "de forma clamorosamente contraria" a la Ley "adaptar" el PORN a las Normas Subsidiarias de Carboneras.

Así, mediante "tan reprochables métodos", la administración andaluza "no solamente no ejercitó sus potestades y facultades en defensa del medio ambiente", sino que "orilló" la aplicación de las limitaciones de usos que imponía el Plan de Ordenación para esta zona al modificar por la vía de hecho un plan aprobado oficialmente.

La acusación formulada contra las administraciones de amparar la construcción del complejo en contra de los dictados del PORN se extiende también a la Ley de Costas, que fijó para el Algarrobico una franja de servidumbre de protección de 100 metros y no de 20 como defendía el consistorio, ni de cincuenta como sostuvo durante este proceso la Junta de Andalucía.

La corporación local "tenía perfecto conocimiento hace ya veinte años" de que la servidumbre era de cien metros y no cumplió, dice el juez, con el mandato de adaptar el Plan Parcial a la normativa de Costas al publicarse éste con posterioridad al 1 de enero de 1988.

"Pero si el Ayuntamiento no cumplió con el mandato legal, tampoco lo hizo la Junta de Andalucía", agrega sobre este punto el fallo, que añade que la administración andaluza "mostró una actitud pasiva y condescendiente con las infracciones contra la normativa sectorial de Costas, permitiendo" que se iniciase la construcción del hotel.

La sentencia, dictada hoy y contra la que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), considera "incontestable" que el terreno sobre el que edificó el hotel se ubica en espacio protegido no urbanizable, incompatible por lo tanto con el uso urbanístico, y coincide con la Audiencia Nacional y con el Tribunal Supremo en la idoneidad de que la franja de protección para el Algarrobico sea de cien metros, tal y como se fijó el 8 de noviembre de 2005 por Orden del Ministerio de Medio Ambiente.

La anulación de la licencia municipal concedida a la promotora Azata del Sol para la construcción del edificio de 20 plantas en terrenos del parque natural de Cabo de Gata Níjar, declarados entre otros zona LIC o reserva de la Biosfera, se ha producido después de que el mismo juez ordenase el 21 de febrero de 2006 la suspensión cautelar de las obras del hotel cuando éste estaba ejecutado en un 94,41 por ciento.

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