Bretón, condenado a 40 años de cárcel por el asesinato de sus dos hijos

La condena se produce después de que las siete mujeres y dos hombres que integraron el jurado del caso y cuya vista oral concluyó este mismo mes emitiera por unanimidad un veredicto de culpabilidad tras tres días de deliberación.

el 22 jul 2013 / 11:54 h.

12/07/2013.- José Bretón, en el momento de escuchar el veredicto pronunciado por un jurado popular, compuesto por siete mujeres y dos hombres, que lo han considerado culpable por unanimidad del asesinato de sus dos hijos. / EFE 12/07/2013.- José Bretón, en el momento de escuchar el veredicto pronunciado por un jurado popular, compuesto por siete mujeres y dos hombres, que lo han considerado culpable por unanimidad del asesinato de sus dos hijos. / EFE José Bretón, padre de los pequeños Ruth y José, ha sido condenado  a un total de 40 años por dos delitos de asesinato, los de sus dos  hijos en Córdoba, según la sentencia hecha pública este lunes y a la  que ha tenido acceso Europa Press. La condena se produce después de que las siete mujeres y dos  hombres que integraron el jurado del caso y cuya vista oral concluyó  este mismo mes emitiera por unanimidad un veredicto de culpabilidad  tras tres días de deliberación. Para la defensa, Bretón es inocente y  debía ser absuelto, mientras que la fiscal y la acusación particular  pedían esta pena de 40 años, por presuntamente haber asesinado en  octubre de 2011 a sus dos hijos, Ruth (seis años) y José (dos años) y  haber denunciado falsamente su desaparición. Ahora, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba,  de acuerdo con el veredicto del jurado, ha condenado a Bretón "como  autor criminalmente responsable de dos delitos de asesinato con la  concurrencia en ambos de la circunstancia agravante de parentesco, a  las penas, por cada asesinato, de 20 años de prisión, con las  accesorias de inhabilitación absoluta durante el tiempo de las  condenas". Además, "la clasificación del condenado en el tercer grado  de tratamiento penitenciario no se podrá efectuar hasta el  cumplimiento de la mitad de la pena impuesta". Asimismo, el magistrado Pedro Vela impone a Bretón "la prohibición  de acercamiento a Ruth Ortiz Ramos, Obdulia Ramos Gallego y  Estanislao Ortiz Ramos en un radio de un kilómetro y la prohibición  de comunicación con ellos por cualquier medio durante 21 años por  cada delito de asesinato; computables a partir del momento en que el  tratamiento penitenciario permita la concesión de permisos". En cuanto al delito de simulación de delito, sin que concurran  circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, el juez  condena al acusado "a la pena de nueve meses de multa, a razón de  diez euros diarios". 137.335,65 EUROS PARA EL GOBIERNO Igualmente, por la vía de la responsabilidad civil, el magistrado  condena a Bretón Gómez a que indemnice a su mujer, "Ruth Ortiz Ramos  en 500.000 euros; al Ministerio del Interior del Gobierno de España  en 137.335,65 euros y al Ayuntamiento de Córdoba en 22.567 euros". Por otro lado, el fallo determina que, "una vez firme esta  sentencia", que aún no lo es pues puede ser recurrida, debe librarse  un exhorto al Registro Civil de la capital cordobesa, "con testimonio  de la presente resolución, ordenando la inscripción de la defunción  de Ruth y José Bretón Ortiz, acaecida en esta ciudad el día 8 de  octubre de 2011. Entregándose al tiempo a Ruth Ortiz Ramos, para su  inhumación, los restos de dichos menores custodiados en este  tribunal". También condena el juez a Bretón "al pago de las costas,  incluyendo las de la acusación particular", concluyendo el fallo con  el recordatorio de que contra esta sentencia "cabe recurso de  apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de  Justicia de Andalucía". HECHOS PROBADOS De conformidad con el veredicto del jurado, la sentencia considera  probados hechos como que en septiembre de 2011 Ruth Ortiz le comunicó  a su entonces marido que tenía voluntad de terminar su matrimonio y  quedarse a vivir en Huelva con los hijos de ambos, "el acusado  concibió la idea de dar muerte a los niños -sus hijos-, como venganza  contra su esposa, dada su negativa a aceptar pacíficamente la ruptura  matrimonial, su personalidad refractaria a la frustración y su  carácter rencoroso". Para ejecutar dicho plan, el acusado "decidió que el lugar más  adecuado sería una finca de sus padres, sita en el Polígono de las  Quemadas de la ciudad de Córdoba" y que "la fecha adecuada sería el 8  de octubre de 2011, aprovechando que ese fin de semana estaría con  los niños conforme al acuerdo al que había llegado al efecto con su  esposa, negándose para ello a una alteración de fechas que le fue  propuesta posteriormente". Con dicha finalidad, comenzó una serie de preparativos, como  comprar un ansiolítico y un antidepresivo que le había recetado un  psiquiatra para, "una vez llegado el momento, adormecer e incluso  matar a sus hijos con toda facilidad". Asimismo, "con la intención,  una vez ejecutada su acción letal, de hacer desaparecer los cuerpos  de sus hijos, entre el 15 de septiembre y el 7 de octubre de 2011, el  acusado hizo acopio de leña en la parcela y adquirió combustible  (gasóleo) en grandes cantidades". A su vez, para dar mejor cobertura a la simulación de extravío de  sus hijos que había ideado, Bretón les propuso a sus hermanos  Catalina y Rafael acudir en la tarde del día 8 de octubre de 2011 a  la Ciudad de los Niños con sus respectivos hijos, "aunque sin  concretar completamente la cita, así como le dijo a su madre que ese  mismo día no iba a comer en su casa porque había quedado con unos  amigos, lo que era incierto". El día 8 de octubre de 2011, el acusado salió de la casa de sus  padres, sobre las 13,30 horas, con sus dos hijos, y se dirigió a la  finca de Las Quemadas, "suministrándoles el acusado a los niños" los  tranquilizantes "para facilitar su adormecimiento total o su muerte.  Y una vez que llegaron a la finca, sobre las 13,48 horas, el acusado  telefoneó de nuevo a su esposa, sin que lograra comunicar con ella,  por lo que decidió seguir con su propósito criminal". Acto seguido, conforme a lo ya previsto, "preparó una especie de  pira funeraria cuyos elementos esenciales ya tenía dispuestos, en un  lugar nuevo de la finca, entre varios naranjos y sin visibilidad  desde el exterior, en la cual colocó los cuerpos de sus hijos", junto  con una mesa metálica con el tablero en posición vertical y prendió  "una gran hoguera que avivó rápidamente gracias al uso de leña y  gasoil, que llegó a alcanzar temperaturas de hasta 1.200 grados  centígrados, logrando un efecto similar a un horno crematorio". Ante la magnitud de la temperatura, "las partes blandas de los  cuerpos de los niños desaparecieron rápidamente, quedando únicamente  unos restos óseos. Permaneciendo el acusado junto a la hoguera hasta  las 17,30 horas, alimentándola de gasoil para mantener la elevada  temperatura que permitiera la total calcinación y desaparición de los  cuerpos de sus hijos". A continuación, el acusado condujo hasta el entorno de la Ciudad  de los Niños, aparcando sobre las 18,01 horas e intercambiando  correos de mensajería instantánea con su hermano Rafael, "haciéndole  creer que estaba en las proximidades del parque con sus hijos".  Cuando consideró que había transcurrido "tiempo suficiente para hacer  creíble la ficticia desaparición de los menores, llamó de nuevo a su  hermano Rafael, sobre las 18,18 horas, diciéndole que había perdido a  los niños, realizando otras llamadas a la familia, logrando que tanto  su hermano como su cuñado, José Ortega, acudieran a la Ciudad de los  Niños para iniciar la búsqueda". Sobre las 18,41 horas, el acusado llamó al teléfono de emergencias  112 "comunicando la desaparición de sus hijos, provocando la  intervención de la policía" y, sobre las 20,43 horas, acudió a la  Comisaría de Policía Nacional de Córdoba para presentar denuncia por  la desaparición, dando lugar a la incoación de un procedimiento  judicial, pese a conocer perfectamente que no había existido tal  desaparición en el parque, sino que él había dado muerte previamente  a sus hijos". Por último, también se considera probado que los restos óseos  analizados por todos los forenses, médicos, paleontólogos,  odontólogos y especialistas biólogos y clínicos proceden de la  hoguera encendida por el acusado en la finca de Las Quemadas en la  tarde del 8 de octubre de 2011, y "tales restos óseos y dentarios  pertenecen a los cuerpos de dos niños de seis y dos años de edad, en  concreto a los cuerpos sin vida de Ruth y José Bretón Ortiz".

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