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Carcaño se enfrenta a 32 años en el caso Marta

Los cuatro adultos imputados en el crimen de Marta del Castillo serán juzgados por un jurado popular. El juez cree "evidente" que cometieron los delitos de asesinato, violación y encubrimiento, lo que supone una pena total de 41 años. El 9 de septiembre están citados ante el juez para concretar las imputaciones.

el 16 sep 2009 / 08:05 h.

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Los cuatro adultos imputados en el crimen de Marta del Castillo serán juzgados por un jurado popular. El juez cree "evidente" que cometieron los delitos de asesinato, violación y encubrimiento, lo que supone una pena total de 41 años. El 9 de septiembre están citados ante el juez para concretar las imputaciones.

Después de consultar a las partes personadas en el caso si los cuatro adultos implicados en el crimen de Marta del Castillo, desaparecida desde el pasado 24 de enero, debían ser juzgados por un tribunal profesional o jurado popular, el juez del caso se ha inclinado por este último teniendo en cuenta una reciente sentencia del Tribunal Supremo que ha supuesto un giro en la interpretación que hasta ahora se hacía de la Ley del Jurado.

De esta forma, y tal y como habían solicitado el Ministerio Fiscal y la acusación particular, el principal implicado, Miguel Carcaño; su hermano Javier Delgado y la novia de éste, María García; y su amigo Samuel Benítez previsiblemente se sentarán ante los nuevo componentes del jurado a los que les tocará dictar un veredicto.

Aunque la imputación de los cuatro imputados se tendrá que concretar más adelante en un vista previa en la que deben estar presentes los implicados, el juez del caso, Francisco de Asís Molina, si destaca en el auto de incoacción del jurado dictado ayer que "resulta evidente que los hechos que por ahora está sometidos al proceso pudieran ser constitutivos de sendos delitos consumados de asesinato, violación y encubrimiento".

Con el Código Penal en la mano, esto supondría, en el caso de que se concretasen finalmente estos delitos y el caso no se archive contra ninguno de los imputados, que en total los cuatro se enfrentarían a una pena de un máximo de 41 años. Eso sí, si el juez finalmente también imputa a Samuel como autor de un delito de asesinato, la condena ascendería a casi 61 años de cárcel. Y es que el delito de asesinato está penado con condenas que van de los 15 a los 20 años de prisión, el de violación oscila entre los seis y 12 años, mientras que el de encubrimiento supone una pena de entre tres meses y tres años.

La decisión del juez se basa en la denominada "conexidad" de los delitos, ya que en un principio sólo el asesinato es competencia del jurado, no así la violación y el encubrimiento. Sin embargo, la Ley del Jurado establece que su competencia se extenderá al resto de delitos si estos fueron cometidos por "dos o más personas" o si "algunos de los delitos se cometió para perpetrar otros, facilitar su ejecución o procurar su impunidad", dos requisitos que se dan en este caso.

La interpretación del juez se basa en una sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de junio en la que anuló un juicio a un acusado de violar y asesinar a dos policías nacionales en Barcelona porque no fue juzgado por un jurado popular. La decisión del Alto Tribunal estableció con esta sentencia un "claro criterio expansivo" de la competencia del jurado, que ha repercutido finalmente en este caso.

El magistrado recuerda además que en 2005 el Supremo ya hizo una regulación sobre este mismo aspecto, por lo que concluye que "es evidente que las vinculaciones existentes entre los diferentes delitos objeto de esta causa determinan la competencia del jurado para su enjuiciamiento puesto que unos y otros ilícitos se encuentran en la especial relación instrumental, o de facilitación de su ejecución, o de favorecimiento de la posterior impunidad".

Los argumentos del magistrado coinciden de esta forma con los ya formulados por el fiscal del caso y el letrado de la familia de Marta, José María Calero, quien también se mostró a favor del jurado en su escrito remitido el pasado mes de julio al Juzgado de Instrucción número 4.

Por su parte, los letrados de Javier y María eludieron pronunciarse al respecto, argumentando que desconocían las imputaciones de sus clientes, por lo que no era posible una pronunciamiento a favor o en contra. La que sí se pronunció fue la abogada de Miguel Carcaño, Paloma Pérez Sendino, que se decantó por un tribunal profesional, al considerar que no existió tal conexión de los delitos.

Precisamente, las defensas de los imputados están estudiando la posibilidad de recurrir el auto de incoacción del jurado. "Con toda probabilidad lo recurriremos, porque el delito de encubrimiento que supuestamente se le imputa a mi cliente es autónomo", explicó el letrado de Javier, José Manuel Carrión, quien aclaró que no está en contra de un jurado, sino que no es un procedimiento adecuado a este tipo de delito.

No obstante, estos recursos no paralizarán el procedimiento del jurado, como demuestra el hecho de que el juez ya ha citado para el próximo 9 de septiembre a los cuatro imputados a una vista previa, tal y como contempla la ley, en la que se deben concretar las imputaciones de cada uno de ellos. Los implicados están citados a las 11 horas en el Juzgado de Instrucción número 4, con lo que el magistrado da por terminada la instrucción a falta de unas pruebas que se están realizando a unos pelos localizados en el vehículo de Javier. Los cabellos están siendo sometidos a la prueba del ADN mitocondrial, un proceso lento, que se está llevando en Madrid desde hace tres meses.

Tras esta vista, el juez debe dictar o el sobreseimiento del caso para algunos de ellos o el auto de apertura de juicio oral. Una vez superada esta fase llegará el momento en el que el fiscal del caso y la acusación presenten sus respectivos escritos, en los que reclamarán las penas. Posteriormente, serán las defensas las que presenten los suyos.

La duda del juicio con jurado surgió tras la segunda confesión de Miguel Carcaño. En un principio, cuando se autoinculpó de la muerte de Marta asegurando que le había dado un golpe en la cabeza, estaba claro que acabaría siendo juzgado por un jurado popular. Sin embargo, después de que confesara que violó a Marta junto con El Cuco y que fue éste el que mató a la joven ahogándola con un cable, todo apuntaba a que sería un juzgado profesional el que se haría cargo del caso. Sin embargo, la sentencia del Supremo sembró la duda que, sin embargo, no se ha planteado en otros casos, como el de Mari Luz Cortés. La decisión del juez se produce siete meses después de la desaparición de Marta, cuyo cuerpo, tras ser buscado durante dos meses en el río Guadalquivir y en el vertedero de Alcalá de Guadaíra, no ha sido localizado.

El único que no va a ser juzgado por un jurado popular es el menor implicado en el caso, conocido como El Cuco. El joven se encuentra en un centro de reforma desde que fuera detenido el pasado mes de febrero, al igual que Miguel Carcaño y Samuel Benítez, quienes también continúan privados de libertad.

Su juicio se celebrará en el Juzgado de Menores, después de que haya sido la Fiscalía la que se haya encargado de llevar toda la instrucción respecto a él. La vista deberá celebrarse antes del 19 de noviembre, fecha en la que se cumple el tiempo máximo de internamiento preventivo, o por el contrario saldrá en libertad provisional hasta que se celebre el juicio. La Ley del Menor contempla un tiempo máximo de privación de libertad antes del juicio de seis meses, prorrogables otros tres, lo que ya se produjo el pasado mes de julio en una comparecencia en la que el fiscal le imputó los delitos de asesinato y violación.

El Cuco niega ahora su participación en los hechos, después de que en la Policía contara lo ocurrido, implicando incluso al hermano de Miguel.

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