Hasta 78.594 maltratadores han sido condenados durante los primeros tres años de aplicación de la Ley contra la Violencia de Género. Es más, 40.352 hombres y 2.007 mujeres tienen una orden de alejamiento de sus parejas. Y la denuncias siguen en aumento: este año se han interpuesto 71.022.
Los datos fueron expuestos por la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, Inmaculada Moltalbán, quien alabó la legislación por permitir una respuesta judicial "más eficaz y rápida" y una mejor coordinación institucional que ha generado confianza en las víctimas, que cada vez denuncian más estas situaciones.
El observatorio también ha constatado el incremento paulatino de mujeres extranjeras que solicitan órdenes de protección, que ha pasado de un 30% en el tercer trimestre de 2005, al 36,9% en el segundo trimestre de 2008, por lo que recomienda actuaciones preventivas para estas víctimas "doblemente desfavorecidas". Montalbán defendió la eficacia de la ley y señaló que no se puede valorar por el número de mujeres asesinadas por sus parejas, porque ha recordado que siete de cada 10 fallecidas no habían denunciado.
Junto a este trágico balance, recordó la necesidad de perfeccionar los mecanismos de protección de las víctimas y de asegurar la efectividad de las órdenes de alejamiento, además de reforzar los juzgados exclusivos de violencia contra la mujer.
Respecto al número de denuncias, en 2007 -primer año que se recogió este dato en los boletines judiciales- se presentaron 126.293, mientras que en los seis primeros meses de 2008 fueron más de 71.000 (frente a 61.066 en el mismo periodo de 2007). Más datos: los juzgados exclusivos celebraron casi 60.000 juicios y el 79% de los casos acabaron en condenas; los juzgados de lo penal dictaron 55.446 fallos, el 56% condenatorios; y las audiencias provinciales 581 sentencias, que en el 85% de los casos fijaron la condena del acusado.
Para la presidenta del observatorio estas cifras manifiestan que la "actividad de recogida de pruebas de cargo ha sido importante", y que la especialización ha permitido dar una "mayor eficacia a la respuesta judicial". Prueba de ello es que además se dictaminaron 112.081 órdenes de protección en el plazo de las 72 horas previstas por la ley.
Aun así, el observatorio estima necesario implantar servicios de guardia en los juzgados de violencia de las grandes poblaciones, como Madrid, Sevilla y Barcelona, y avanzar en la formación especializada de los jueces y personal que atiende estos casos. Además, insistió en la recomendación de aclarar que se refiere a los testigos y no a las víctimas cuando la ley exime declarar en contra de un familiar, así como que existe el alejamiento forzoso en agresiones aisladas y cuando la víctima así lo pida.
¿Inconstitucional?. Frente a ello, el Tribunal Constitucional admitió ayer a trámite tres cuestiones de inconstitucionalidad más contra el alejamiento forzoso que impone a los maltratadores el Código Penal desde la reforma de 2003. Llegan ya, por tanto, a la veintena de consultas que dudan de su constitucionalidad.
Se trata del artículo 57.2 del Código Penal, que obliga a los jueces a imponer a todos los condenados por determinados delitos de violencia en el ámbito familiar una pena accesoria de alejamiento de la víctima, así como la suspensión del régimen de visitas, comunicación y estancia con los hijos mientras se cumple la condena.