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Comienza el juicio contra Del Nido y Muñoz por el caso "Minutas"

La defensa del presidente del Sevilla ha apelado a los fallos absolutorios del Tribunal de Cuentas.

el 06 abr 2010 / 06:09 h.

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Julián Muñoz y José María Del Nido, a su llegada a los juzgados.
Arranca el juicio contra Julián Muñoz y José María del Nido. (Vídeo: VNews)
El abogado defensor del letrado José María del Nido aseguró hoy  que en el caso 'Minutas' ha habido "una especie de frenesí  acusatorio" y alegó la prescripción de varios delitos que se le  imputan. Además, advirtió del riesgo de que se produzcan resoluciones  contradictorias si se da una condena respecto de varias sentencias  del Tribunal de Cuentas, que concluyen que se ha demostrado daño real  en los fondos públicos por determinadas minutas de Del Nido.

La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga acogió hoy la primera  sesión del juicio por el caso 'Minutas', en el que, aparte de Del  Nido, que se sentó junto a su letrado y no en el banquillo, se juzga  al ex alcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz, al ex asesor de  Urbanismo marbellí Juan Antonio Roca y a otras 14 personas por las  presuntas irregularidades en los encargos profesionales hechos por el  Ayuntamiento al letrado. Uno de los acusados fue excusado para  ausentarse de la Sala.

La mayoría de los defensores coincidieron con el abogado de Del  Nido, Pedro Apalategui, en que se ha lesionado el derecho de defensa  y a estar informado, con "acusaciones sorpresivas", lo que puede dar  lugar a nulidades, alegando hoy en el trámite de cuestiones previas  que los delitos de los que acusa el fiscal y el Ayuntamiento  marbellí, como acusación particular, a los acusados no fueron objeto  de instrucción y los procesados no fueron interrogados por esos  hechos.

En este sentido, Apalategui pidió a la Sala que se pronuncie con  antelación sobre "la idoneidad o no" de seguir el juicio por delitos  distintos al de malversación, prevaricación y fraude, que son los  contemplados en la querella inicial de la Fiscalía Anticorrupción. En  esta línea, entendió prescritos varios delitos, algo en lo que  también coincidieron el resto de defensas; detallando en concreto el  delito societario, el de falsedad y el de deslealtad profesional.

A este respecto, el letrado de Julián Muñoz, Luis Carlos Gómez de  la Borbolla, se adhirió a la petición de prescripción de los mismos  delitos, porque cuando se produjo la acusación "han transcurrido los  plazos prescriptivos" y también coincidió en que el Tribunal debería  abstenerse de enjuiciar los delitos de asociación ilícita, falsedad y  prevaricación de uso, por no haberse practicado investigación alguna  al respecto.

El letrado de Roca, Javier Sánchez-Vera, por su parte, pidió la  nulidad del auto de apertura de juicio oral e incidió en que su  cliente no tiene condición de funcionario ni autoridad, por lo que no  se le puede imputar un delito de fraude en concurso ideal con otro de  malversación de caudales. Además, consideró "inconcretos" los  escritos de acusación del fiscal y del Ayuntamiento y cuestionó por  qué se abrió este procedimiento y no se sumó al caso 'Saqueo'.

TRIBUNAL DE CUENTAS

Respecto a las sentencias del Tribunal de Cuentas, el letrado de  Del Nido partió de la separación entre la jurisdicción contable y la  penal, defendiendo la "independencia y la compatibilidad de ambas",  aunque planteó a la Sala "hasta qué punto estas sentencias pueden  tener incidencia" en el ámbito penal y en concreto sobre el principio  de seguridad jurídica y el derecho a la tutela judicial efectiva.

En este sentido, Apalategui señaló que "prácticamente la totalidad  de los hechos" que son objeto de este juicio "han sido objeto de  estudio y de resoluciones por parte de la jurisdicción contable" y  consideró que "no puede ser admisible que para un órgano  jurisdiccional unos hechos existan y para otro órgano esos mismos  hechos no existan".  

"Cuando el contenido del reproche es exactamente el mismo en una  jurisdicción y en otra, la posibilidad de que se den resoluciones  contradictorias empieza a producir un ruido desagradable", apuntó el  letrado, quien añadió que "sería realmente extraño poder digerir  jurídicamente que esos hechos fueran merecedores de reproche para un  orden jurisdiccional y para otro no los fuere".

Como otra cuestión previa, este mismo letrado alegó la naturaleza  prospectiva de la causa, cuya incoación "desborda los límites  personales, materiales y temporales" y con pruebas que son "todo lo  que se quiera menos concretables", al precisar el letrado que "se  abarca toda la vida profesional durante un tiempo aproximado de  cuatro o cinco años sin un solo margen indiciario de concreción".

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