Economía

Cómo pagar menos a Hacienda

Guía para aprovechar al máximo las desgravaciones antes de que acabe el año y rebajar así la factura fiscal del IRPF

el 20 dic 2009 / 21:57 h.

La hipoteca para la vivienda, la principal red ‘contra’ Hacienda.

Quedan once días para que acabe 2009 y, con ellos, se agota el tiempo para arañar euros -pueden ser muchos, incluso los de un mes entero de nómina- en la factura fiscal. Son las desgravaciones de última hora, que se cargarán en la declaración del IRPF, cuyo plazo se abrirá, como es tradicional, la primavera próxima.

Sin embargo, y debido a la reforma fiscal en ciernes, en lo que resta de este año podemos incluso anticipar medidas para no pagar más en el IRPF de 2011 (el que declara las rentas correspondientes a 2010). Así, antes de confesar con Hacienda, vayan por delante recomendaciones que atañen, en especial, a la vivienda, los planes de pensiones, los dividendos y, por último, la adquisición de bienes duraderos sujetos a IVA -este último impuesto subirá en julio, de ahí que a los particulares les conviene planificar sus compras-.

La hipoteca. Una aportación adicional. El préstamo hipotecario sobre la vivienda habitual constituye una de las principales vías de escape a la hora de desgravar -derecho a compensar gastos y, por tanto, a abonar menos al Fisco- y la inversión que reporta el mayor volumen en las devoluciones -los retornos al contribuyente por el exceso de retenciones realizado por Hacienda-.

Si usted tiene hipotecada su vivienda habitual (sólo la primera residencia) y a lo largo de este año su amortización (el dinero pagado al banco para costearla) no alcanza los 9.015 euros, ejecute una aportación adicional hasta este límite. La deducción cosechada, un 15%. Dinero para el bolsillo.

La cuenta. Más para comprar la vivienda. Al igual que ocurre con la hipoteca, la cantidad depositada por el contribuyente en su cuenta ahorro vivienda goza también de una desgravación del 15% y con idéntico máximo, 9.015 euros -el sobrante de este importe, recuerden, no conllevará deducción-.

Por tanto, engordar la cartilla viene bien, máxime cuando se ha ampliado de 4 a 6 años el límite temporal del que dispone el contribuyente para adquirir el piso, siendo una de las medidas anticrisis del Gobierno ante las dificultades de los hogares y la restricción del crédito por parte de la banca.

Hay que recordar que si la compra no se materializa en ese plazo, Hacienda exigirá el pago de las desgravaciones que se hubieran acumulado desde la apertura de la cuenta. Esto hay que tenerlo presente para evitar sorpresas.

La previsión. La hucha para jubilarse. Para quienes estén ya llenando la hucha de la jubilación, y que complementará el importe de la pensión cuando finalicen su vida laboral, la Agencia Tributaria reserva un premio.

Obtendrán desgravación por la aportación económica que realicen a los sistemas de previsión social (amplio abanico que incluye planes de pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia).

Las aportaciones anuales por partícipe (quien suscribe uno de los citados productos de previsión social) hasta los 10.000 euros, si aquél tiene 50 años o menos, y los 12.500 euros, si rebasa esta edad, gozan de un 43% de desgravación fiscal, siendo notable el beneficio en la factura total. Una ventaja más. Si uno de los cónyuges posee ingresos inferiores a 8.000 euros anuales, el otro puede contribuir con hasta 2.000 euros al plan de pensión del primero, y éstos están sujetos también a desgravación.

Eso sí. Siempre hay que tener presente que de las aportaciones no se podrá disponer hasta que el contribuyente se jubile, sea declarado en incapacidad laboral o fallezca.

La bolsa. Un año para las revisiones. "Hagan un repaso a las plusvalías y minusvalías en el patrimonio", recomienda el experto en fiscalidad y profesor de la escuela de negocios andaluza Instituto Internacional San Telmo José Miguel Amuedo. Las plusvalías (ganancias) en el patrimonio cabe compensarlas con las minusvalías (pérdidas) incurridas.

Los rendimientos del capital mobiliario (los obtenidos en los mercados monetarios, bursátiles, etcétera) se consideran rentas del ahorro y los intereses -al igual que los del resto de los productos de ahorro- tributan a Hacienda al tipo fijo del 18%.

Un ejemplo. Conseguimos beneficio de un fondo de inversión y pérdida por venta de acciones en una compañía. Declaremos la minusvalía y ésta rebajará la plusvalía y, en consecuencia, la base tributaria.

El dividendo. Mejor percibirlo ahora. Si ahora todas las rentas del ahorro tributan al 18%, la reforma fiscal -que no se aplica a 2009- subirá ese gravamen al 19% para los primeros 6.000 euros de ganancias y al 21% para los importes superiores.
Por tanto, si voy a percibir dividendo, conviene que la empresa lo adelante (es el denominado anticipo a cuenta) y esquive esa tributación adicional para los rendimientos que se obtengan el año que viene, según comenta el profesor Amuedo.

Y a la inversa. Si sabemos que vamos a cosechar solamente pérdidas -por ejemplo, en la bolsa-, la cuestión sería encontrar la fórmula para declararlas en 2010, ya que, para entonces, la deducción será de mayor calado.

Cuánto ahorro. El sindicato de técnicos de Hacienda Gestha calcula que un contribuyente medio puede ahorrarse entre 1.000 y 1.300 euros si planifica el IRPF antes de fin de año. Sólo por las deducciones más habituales, hipoteca de la primera vivienda y plan de pensiones, se pueden embolsar 782 euros y 366 euros, respectivamente.

Anticipar compras. El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) subirá a partir del 1 de julio de 2010. El superreducido se mantendrá en el 4%, pero el reducido pasará del 7% al 8% y el tipo general, del 16% al 18%. Por tanto, a los particulares que se quieran ahorrar el pago adicional a Hacienda, quizás les convendría anticipar posibles compras.

Cobrar dividendo. Ante el cambio fiscal que se avecina para las ganancias patrimoniales y rentas del capital, la mayoría de las cotizadas del Íbex 35 se han apresurado a anunciar en diciembre el pago de dividendos a cuenta de los resultados de 2009 para que así los inversores esquiven el aumento del gravamen (en la actualidad, el 18%).

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