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Condenada la concesionaria de una autopista por el accidente de un conductor que chocó con un perro

el 25 nov 2011 / 12:31 h.

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a la concesionaria  de la autopista que une las provincias andaluzas de Sevilla y Cádiz a  pagar 595,94 euros a un conductor que sufrió un accidente tras chocar  con un perro que se le cruzó en plena carretera.  

De este modo, la parte demandada alegó que "no está acreditada" la  existencia de la colisión del vehículo del conductor con un perro en  la referida autopista, y que, "en todo caso", si dicha colisión se  produjo "no fue por culpa de la concesionaria".  

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la  Sección Octava de la Audiencia Provincial pone de manifiesto que  existen varias pruebas de la existencia del siniestro, como son la  propia declaración del conductor y las fotografías que acreditan los  daños de su coche, "cuya factura de la reparación bien se aporta".   

En este sentido, la Sala relata además que el siniestro queda  acreditado por la denominada comunicación de incidente que rellenó el  conductor del coche, en el que "se contiene no sólo la circunstancia  del atropello al perro, sino también la fecha en la que se produjo y  el kilómetro de la autopista en el que se hallaba cuando acaeció" el  incidente.  

"Ninguna otra prueba puede practicar el conductor, si exceptuamos  la declaración de los demás ocupantes del vehículo, que también se  llevó a cabo", según prosigue la Audiencia, que recuerda que la  concesionaria de la autopista, "además de justificar de forma  exhaustiva el cumplimiento de sus obligaciones para mantener la misma  en condiciones idóneas de seguridad para el tráfico, señaló que el  atropello, si ocurrió, lo fue en un punto kilométrico muy próximo a  una de las entradas a la autopista".  

La Audiencia Provincial entiende que esa circunstancia "no exonera  de responsabilidad a la concesionaria cuando, como ocurre en el caso  enjuiciado,  no se acredita que la entrada de la autopista tenga las  condiciones de seguridad pertinentes y tampoco que fuera por la misma  y no a través de una anomalía del vallado por donde se introdujera el  animal", por lo que condena a la concesionaria a pagar 595,94 euros  al conductor y al abono de las costas.   

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