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Condenado a 7 años por abuso sexual de su prima esquizofrénica

La Audiencia de Sevilla ha condenado a siete años de cárcel a un hombre que mantuvo relaciones sexuales con una prima suya que padece una esquizofrenia y que, en consecuencia, "posee una voluntad muy débil, característica conocida por su entorno".

el 16 sep 2009 / 04:35 h.

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a siete años de cárcel a un hombre que mantuvo relaciones sexuales con una prima suya que padece una esquizofrenia y que, en consecuencia, "posee una voluntad muy débil, característica conocida por su entorno".

La Sección Primera de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso EFE, explica que el acusado J.R.A., de 38 años, abordó a su prima de 35 años a las 18.15 horas del 27 de septiembre de 2006 en una calle de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), entabló con ella una conversación "intrascendente" y ambos se encaminaron hacia la zona del Castillo.

La mujer, según la sentencia, acompañó al acusado "por la relación de confianza que mantenía con su primo desde la infancia" y creyendo que se dirigía a su casa "por un atajo".

Cuando llegaron a una casa en ruinas de la calle Tajo, ambos se introdujeron en el interior y mantuvieron relaciones sexuales bajo amenazas del acusado, por lo que la mujer no se opuso "pues estaba atemorizada por las posibles represalias y sin capacidad de reacción".

Una vez consumada la agresión, la denunciante se vistió, salió corriendo y al llegar a una plazoleta llamó por teléfono a su familia, que la recogió, trasladó a un centro médico y dio aviso a la Policía.

Durante el juicio, el acusado sostuvo que las relaciones sexuales fueron consentidas pero los jueces consideran que se trata de un delito de abuso sexual porque faltó "el verdadero consentimiento libre" debido a la enfermedad mental de la víctima.

Además, la mujer "expresó su oposición a tal relación y mantuvo una actitud pasiva durante el acto sexual", según los jueces.

La sentencia recuerda que la víctima padecía una esquizofrenia paranoide diagnosticada desde 1992, como consecuencia de la cual tiene una "voluntad muy débil y carencias cognitivas", en un trastorno mental que comenzó a edad temprana, que cursó con grandes depresiones y en una de ellas llegó a protagonizar un "serio intento de suicidio por precipitación".

La sentencia no impone ninguna indemnización a la víctima por el daño sufrido porque el fiscal, única parte acusadora, no lo pidió expresamente en su escrito de calificación, como exige la ley, según recuerda la sentencia.

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