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Condenado a cinco años por violar a la hija menor de su esposa durante tres años en Los Palacios

el 19 may 2011 / 12:39 h.

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a cinco años de  cárcel y al pago de una indemnización de 30.000 euros a un hombre  acusado de agredir sexualmente a la hija menor de edad de su esposa  durante tres años y medio en la vivienda familiar ubicada en la  localidad sevillana de Los Palacios y Villafranca, unos hechos que  llevaron incluso a la víctima a dormir con un cuchillo guardado  debajo de la cama.  

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la  Sección Séptima de la Audiencia Provincial relata que en julio de  2009 el procesado, J.P.F., contrajo matrimonio con una mujer y se  trasladaron a vivir a un inmueble de Los Palacios junto a la hija  menor de edad de ella, que en ese momento contaba con diez años.  

La Audiencia asevera que desde "prácticamente" iniciada la  convivencia, aprovechando los "numerosos" momentos en que se  encontraba a solas con la niña, el imputado "comenzó a someterla a  diversas prácticas sexuales, a las que la menor accedía por el temor  que le inspiraba el procesado".  

Añade que también sentía temor "por las advertencias de que algo  podía pasar si se lo contaba a su madre, todo lo cual la determinaba  a consentir lo que el acusado le hacía", una situación que "provocó  que la menor durmiera con un cuchillo debajo de la cama al poco  tiempo de comenzar a producirse los hechos".  

Igualmente, la sentencia señala que hasta el nacimiento del  hermano de la víctima en 2003, "en numerosas ocasiones, a veces hasta  dos veces por semana y muy especialmente los sábados por la mañana y  con mayor frecuencia durante los periodos de vacaciones escolares de  aquella", el imputado "aprovechó las ausencias de su esposa para  abordar a la menor" cuando se hallaba tendida en el sofá del salón o  en el cuarto de baño y agredirla sexualmente.  

ESTRES POSTRAUMATICO

Como consecuencia de todo lo anterior, la menor sufrió un cuadro  de trastorno por estrés postraumático. La Audiencia Provincial dice  que lo narrado constituyen unos hechos "de los más graves, si  exceptuamos la muerte dolosa de una persona por otra, que jamás  puedan ser llevados ante un tribunal", tras lo que argumenta la  condena señalando que todas las declaraciones de la menor "han sido  sustancialmente coincidentes, manteniendo siempre en su esencia la  misma versión de los hechos".  

La Audiencia pone de manifiesto, además, que "el contexto general  de agresividad verbal del acusado en las relaciones tanto con la  menor como con la madre de esta generó un clima de miedo y tensión a  la niña suficiente para, dada además la especial posición del acusado  en el núcleo familiar, quebrantar el ánimo de la víctima, de forma  que calló y calló". Además, "no se detecta en la víctima una  animosidad contra el procesado que, de alguna manera, enerve la  credibilidad de su testimonio".  

Frente a ello, la Audiencia ha tenido en cuenta las "serias  contradicciones" en las que incurrió el acusado durante la  celebración del juicio, por lo que lo condena a cinco años de prisión  y al pago de una indemnización de 30.000 euros por los daños morales  causados por un delito continuado de agresiones sexuales con la  atenuante de dilaciones indebidas.  

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