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Condenados a 7,5 años por intento de homicidio en venganza por ser testigo

el 01 nov 2010 / 15:46 h.

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La Audiencia de Sevilla ha impuesto condenas de cinco años y siete años y medio de cárcel a tres jóvenes que intentaron matar a otro a puñaladas en venganza porque un amigo del agredido había sido testigo en un juicio contra uno de los condenados.

La sentencia de la Sección Tercera, a la que ha tenido acceso Efe, explica que la agresión ocurrió sobre la 1 de la madrugada del 22 de octubre de 2006, cuando los acusados L.G.P., de 22 años; P.F.R.G., de 25; y J.L.G.B., entonces de 21 años, se encontraban en la confluencia de las calles López de Gomara y Trabajo de Sevilla pertrechados con navajas y cúteres.

Cuando observaron la presencia de un grupo de cinco personas, entre ellas J.M.B.A., que había sido testigo del juicio en el que P.F.R.G. fue condenado a dos años de cárcel por un intento de homicidio, se entabló entre los dos grupos una reyerta.

En el transcurso de dicha pelea, uno de los tres acusados, sin que se pueda precisar cual de ellos, según los jueces, apuñaló a J.A.C.F. en el costado con el acuerdo de los otros dos y "aceptando la posibilidad de causarle la muerte".

El agredido sufrió una herida de 20 centímetros en el costado izquierdo que le desgarró el pulmón, por lo que salió huyendo pero se recostó en un coche, momento en el que fue alcanzado por los tres procesados, armados con navajas, que le dieron patadas, le causaron dos nuevas heridas incisas en el brazo izquierdo e impidieron que sus amigos se acercaran a auxiliarle.

Mientras era agredido, los acusados le decían que "lo iban a rematar", que "con este son dos los apuñalados" y que "la siguiente va para tí, Juanmita", en referencia al joven que había sido testigo del juicio.

La víctima estuvo siete días ingresado en el Hospital Virgen Macarena de Sevilla y la gravedad de las lesiones le habrían costado la vida de no recibir atención médica inmediata, según la sentencia, que fija para él una indemnización de 32.220 euros por las lesiones y secuelas físicas y psicológicas.

Los jueces desestiman el argumento de la defensa de que se trató de una riña tumultuaria mutuamente aceptada y condenan a los tres procesados como coautores de un intento de homicidio porque actuaron mediante un "acuerdo previo" en el que todos "dominaban de forma conjunta el hecho".

La condena incluye la prohibición de acercarse a menos de 300 metros del domicilio del agredido o comunicar con él por cualquier método durante diez años.

Dos de los acusados cumplirán cinco años de cárcel y el tercero siete años y medio al concurrir la agravante de reincidencia, según el fallo, que precisa que este joven aún no había empezado a cumplir los dos años de cárcel por homicidio en tentativa que le impuso en 2004 otra sala de la Audiencia de Sevilla.

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