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Condenan a nueve años de cárcel a una prostituta por apuñalar a un cliente y quemar su vivienda

Le golpeó con una plancha en la cara y apuñaló con un cuchillo de cocina para después incendiar su casa.

el 30 nov 2011 / 13:33 h.

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a nueve años y dos meses de prisión y al pago de una indemnización de 23.943,88 euros a una prostituta, identificada como M.S.M.P., que golpeó con una plancha en la cara y apuñaló con un cuchillo de cocina a un cliente, tras lo que lo dejó inconsciente sobre la cama del dormitorio y prendió fuego a la vivienda con un bote de gasolina.


En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia Provincial considera probado que la acusada, que mantenía relaciones sexuales con la víctima a cambio de dinero desde hacía seis meses, acudió sobre las 23,00 horas del 27 de agosto de 2009 al domicilio del cliente en Lebrija y una vez allí mantuvo relaciones sexuales a cambio de 40 euros.

En un momento dado, la procesada le propinó al menos un golpe con una plancha en la cara y, con un cuchillo de cocina, le infirió "superficialmente" hasta diez heridas, quedando la víctima inconsciente. Seguidamente, la acusada lo trasladó a la cama del dormitorio de la vivienda y se apoderó, "con ánimo de hacerlos suyos", de dos sellos de oro --uno con el escudo del Betis--, una esclava de oro y una cadena de oro con la medalla de la Virgen del Rocío.

Asimismo, se apoderó de un cordón de oro con la imagen del Cristo de Los Blanquillos y de un reloj también de oro, así como de un teléfono móvil, todo lo cual ha sido tasado en 4.440 euros. "Como quiera que la acusada pretendía no dejar huellas ni rastro de su estancia en la vivienda, y tras buscar las llaves de ésta, cogió un bote de gasolina y roció su contenido sobre el sofá del salón", añade la Sala.

Tras ello, prendió fuego al sofá con una caja de cerillas, logrando que ardiera "en su totalidad" el salón y extendiéndose el fuego a otros enseres, todo ello en un fuego "que pudo propagarse a otras viviendas colindantes que se encontraban habitadas y con personas en su interior", poniendo en "grave" riesgo la vida y la integridad de tales personas. A continuación, la acusada se marchó del domicilio, cerró la puerta y la cancela de la entrada y arrojó las llaves por una alcantarilla.

De este modo, la víctima fue rescatada del interior de su vivienda sobre las 2,45 horas del día 28 de agosto, padeciendo lesiones consistentes en intoxicación por monóxido de carbono e inhalación de humo, así como una cicatriz de cinco centímetros en la cabeza y heridas en ambos hemitórax. Tras las investigaciones de la Guardia Civil de Lebrija, la acusada, actualmente en prisión preventiva, fue detenida el 21 de octubre de 2009.

La Audiencia Provincial señala que los desperfectos ocasionados en la vivienda del cliente fueron tasados pericialmente en 11.305 euros, aunque la víctima no reclamó por ello al haber sido indemnizada por la compañía de seguros. La Fiscalía de Sevilla solicitó para la acusada siete años y medio de cárcel por un delito de asesinato, pero la Audiencia considera que no ha quedado acreditado que la prostituta tuviera ánimo de causar de forma intencionada la muerte de la víctima ni que hubiera alevosía.

"NO SE PUSO EN GRAVE RIESGO" LA VIDA DE LA VICTIMA

Así, recuerda que, en el presente caso, la víctima "manifestó que no recuerda cómo sucedieron los hechos, por lo que mal podemos dar por probado si la agresión puede calificarse como alevosa", mientras que "tampoco consta acreditado el ánimo de matar, elemento subjetivo, personal e interno que diferencia que unos hechos aparentemente idénticos puedan juzgarse como lesiones o como homicidio".

"Siendo negado por la procesada, carecemos de una pluralidad da datos que hagan aflorar y salir a la superficie ese elemento subjetivo escondido en el interior del sujeto", prosigue la Audiencia, añadiendo que "ni siquiera consta del informe médico forense que las lesiones ocasionadas pusieran en grave riesgo la vida de la víctima". Por ello, estima que procede condenar a la imputada por un delito de lesiones con utilización de armas o instrumentos peligrosos, ya que empleó una plancha y un cuchillo.

Considera "evidente" que el uso de estos elementos "tenía el potencial suficiente para poner en peligro la vida y la integridad del atacado, como así aconteció, a la vista de las lesiones causadas". La Audiencia rechaza aplicar la atenuante de confesión, pues "no puede valorarse como confesión el reconocimiento de los hechos que inmediata e inevitablemente van a ser descubiertos por la autoridad, que ya ha iniciado sus actuaciones encaminadas a la averiguación de lo sucedido", y también rechaza la eximente de legítima defensa y de enfermedad mental.

Por estos hechos, condena a la acusada a cinco años de prisión por un delito de incendio; a tres años y medio por un delito de lesiones, y a ocho meses de cárcel por un delito de hurto, así como al pago de una indemnización a la víctima de 5.741,20 euros por las lesiones y secuelas y de 2.940 euros por los efectos sustraídos, mientras que también deberá indemnizar con 15.262,68 euros a la compañía de seguros, importe que abonó la compañía por los daños y efectos sustraídos y por la factura de peritación de los daños.

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