Local

Condenan a un colegio religioso de Almería por acoso laboral

La Salle-Virgen del Mar deberá pagar 45.000 euros a una profesora.

el 11 jul 2010 / 16:57 h.

TAGS:

El Juzgado de lo Social número 3 de Almería ha condenado al Centro de Formación Profesional La Salle-Virgen del Mar y a una de sus profesoras al pago de una indemnización de más de 45.000 euros por los "perjuicios" causados como consecuencia del acoso laboral a una de las docentes. Además, la sentencia también contempla que la demandada recupere el puesto que ostentaba antes de que comenzara a producirse la situación de mobbing por parte del centro.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, los hechos comenzaron en 2008 después de que la profesora demandante, María J. T. G. cesara en su puesto directivo, sustituyéndole en el cargo la profesora que acabaría siendo denunciada por acoso, María Rosa A. L. Como consecuencia del cese a María "le quedaron seis horas semanales libres", por lo que pidió a María Rosa que le diera nuevas ocupaciones. Sin embargo, ella "se negó a darle ninguna tarea y en vez de eso le dijo que tenía que quedarse en la sala de profesores del centro de trabajo sin hacer actividad alguna", una situación que continuó hasta que se dio de baja.

Además, la sentencia considera que en ese tiempo la demandada "cuestionó en diversas ocasiones delante de profesores la labor profesional que estaba realizando en las empresas colaboradoras durante las prácticas de los alumnos" y que incluso la "ignoraba por completo" al entrar en la sala de profesores o también si entraba en un aula donde la demandada estaba dando clase.

Ante esta situación, María J. T. G. intentó solventar el problema hablando con el hermano director genera del centro y con el delegado de centros de La Salle de Andalucía, "sin ningún resultado". Por ello, decidió enviar un carta al hermano visitador provincial, solicitándole una entrevista. La respuesta fue, según la sentencia, un correo electrónico en el que "le pedía comprensión y deseaba que las cosas mejoraran en el siguiente curso escolar".

Sin embargo, su situación "no sólo no mejoró, sino que empeoró", ya que la profesora demandada "la sometió a un control y vigilancia férrea, tanto en la secretaría como en las aulas". Asimismo, en el curso 2008-09, le "asignaron dos módulos de Enfermería", pese a que siempre había impartido los módulos de F.armacia. Ante la falta de respuesta del centro, el abogado solicitó una reunión para "solventar este asunto de una forma amistosa", lo que llevó a la empresa a incoar un expediente interno para "esclarecer los hechos", que concluyó que "no existía prueba alguna".

La profesora, que está de baja, presentó una demanda contra la compañera y contra el colegio. Ambas negaron los hechos y consideraron que "no se ha producido perjuicio económico alguno" a la demandante, como para que solicitara más de 92.000 euros de indemnización. Sin embargo, la sentencia considera que la profesora "ha aportado abundante documental" y que "la situación de la demandante ha ido empeorando progresivamente de una forma objetiva". Además, considera que se han dado "una serie de actos y conductas de hostigamiento, aislamiento o menosprecio" por parte de la otra profesora, así como una serie de decisiones empresariales "que no parecen tener sentido" y "sin justificar".

No habrá traslado.

La sentencia señala "el cese de los actos de acoso moral en el trabajo" y la "reposición a la situación anterior a los actos". Sin embargo, desestima que la compañera condenada sea trasladada a otro centro, ya que considera que se trata de una cuestión "organizativa" del centro. Tampoco estima la cuantía que solicitaba la profesora como indemnización, pero sí 45.000 euros por los daños morales provocados por la situación de acoso laboral. 

  • 1