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Condenan a un pub a pagar 9.000 euros y a cerrar si no se insonoriza

La lucha de unos vecinos de Nervión contra el ruido de una discoteca ha tenido sus frutos en los tribunales. La Audiencia de Sevilla ha condenado al local a pagar 9.000 euros de indemnización y le obliga a cerrar hasta que cuente con las medidas de insonorización adecuadas.

el 15 sep 2009 / 18:07 h.

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La lucha de unos vecinos de Nervión contra el ruido de una discoteca ha tenido sus frutos en los tribunales. La Audiencia de Sevilla ha condenado al local a pagar 9.000 euros de indemnización y le obliga a cerrar hasta que cuente con las medidas de insonorización adecuadas.

Han sido varios años de lucha, que finalmente se han visto recompensados. Aunque la comunidad de vecinos, de un bloque de Nervión, ya había logrado una sentencia a favor en un juzgado de Primera Instancia, ahora la Audiencia de Sevilla, la ha confirmado, condenando a un pub a indemnizar con 9.000 euros a los vecinos que sufren sus ruidos y a suspender su actividad hasta que no lleve a cabo las medidas de aislamiento sonoro necesarias.

El pub, colindante a la comunidad de vecinos que le ha denuncia, emite una música que supera los límites legales y que, por tanto, "produce las lógicas molestias a los vecinos, incrementadas en las horas nocturnas del normal descanso de las personas", según la sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe. Los jueces añaden que "la incomodidad que se genera no debe ser de obligada tolerancia por los vecinos de la comunidad del edificio colindante".

La Audiencia confirma en todos sus extremos el fallo dictado por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Sevilla, que condenó al pub a ejecutar a su costa las medidas de insonorización necesarias, a iniciar las obras en el plazo de un mes y a terminarlas en tres meses, y mientras tanto el bar deberá suspender su actividad.

El condenado es un pub que funciona como discoteca, que además deberá indemnizar en 9.000 euros a la comunidad de propietarios, que ha sido representada por la Asociación de Juristas contra el Ruido, "por los daños y perjuicios sufridos" y hacerse cargo del pago de todas las costas judiciales, tanto en primera instancia como ahora en la Audiencia.

En su defensa, el pub alegó que ya estaba insonorizado para la licencia de actividad que tenía concedida, pero los magistrados consideran que está demostrado, mediante el informe de un perito, que en el local "se emiten y difunden reproducciones musicales" que causan una contaminación acústica en la finca colindante que sobrepasa los límites máximos permitidos por la normativa. La sentencia recuerda además, que tal contaminación quedó demostrada por el expediente administrativo abierto por el Ayuntamiento de Sevilla.

Los jueces señalan en el fallo que la jurisprudencia reconoce el "factor psicopatógeno del ruido y la fuente permanente de perturbación de la calidad de vida" que supone, así como las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que apuntan a los ruidos en un nivel elevado y prolongado como causa de enfermedad y de perturbaciones del sueño y de la conducta social. La sentencia se añade a otras anteriores similares, que ya logró a su favor la citada asociación.

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