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Condenan a una empresa por vejar a una empleada

Por frases como "si tu padre está enfermo es porque no crees en Dios" o "a ti te ha faltado una ostia a tiempo bien dada", una empresa ha sido condenada a pagar más de 20.000 euros por despedir a una trabajadora que sufrió un trato vejatorio por su jefe.

el 15 sep 2009 / 06:15 h.

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Por frases como "si tu padre está enfermo es porque no crees en Dios" o "a ti te ha faltado una ostia a tiempo bien dada", una empresa ha sido condenada a pagar más de 20.000 euros por despedir a una trabajadora que sufrió un trato vejatorio por parte de su jefe.

La empleada padeció en 2005 "constantes amenazas, insultos, descalificaciones e intromisiones en su vida personal", asegura el fallo judicial. En 2006, la mujer sufrió una crisis de ansiedad por estrés laboral y, más tarde, permaneció incapacitada temporalmente. Su superior llegó a decirle: "Ya te puede meter en cintura tu novio porque así te va a ir muy mal", "si tu padre está enfermo es porque no crees en Dios, ¿por qué vives con tu novio sin haberte casado?" o "hasta dónde llegan los cuernos de tu novio", e incluso "a ti te ha faltado una ostia a tiempo bien dada".

El juzgado 19 de lo Social de Madrid dictó declaró en mayo nulo el despido por atentar contra los derechos a la tutela judicial efectiva, respeto a la dignidad, libertad personal, integridad física y moral, intimidad, honor y salud de la ciudadana. "La dirección de la empresa no sólo no intervino cuando tuvo conocimiento de los hechos que le notificó la trabajadora, sino que la despidió", sostuvo UGT. El sindicato valoró "muy positivamente" este fallo porque "salvaguarda derechos fundamentales de los trabajadores en el marco de su relación laboral". La sentencia condena a la empresa a la "inmediata readmisión de la trabajadora, al abono de los salarios desde el despido a la readmisión y de una cantidad próxima a 22.000 euros por perjuicios".

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