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Condenan al SAS a pagar a paciente que mejoró tras operarse en clínica privada

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido condenado por el Juzgado de lo Social número 3 de Málaga a pagar los gastos sanitarios de una paciente con una grave malformación a la que no se le dio solución, y que mejoró tras operarse en una clínica privada de Barcelona.

el 15 sep 2009 / 17:24 h.

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El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido condenado por el Juzgado de lo Social número 3 de Málaga a pagar los gastos sanitarios de una paciente con una grave malformación a la que no se le dio solución, y que mejoró tras operarse en una clínica privada de Barcelona.

Según ha informado en un comunicado la asociación El Defensor del Paciente, a la que está adscrito el abogado de la paciente, Francisco Damián Vázquez, el SAS deberá abonar a su cliente , cuyas iniciales son M.D.J.G., de 44 años, un total de 12.697 euros.

La paciente padecía una malformación denominada síndrome Arnold Chiari, siringobulbia y siringomielia cervical, de varios años de evolución, y fue intervenida en los años 1996 y 2001 por los servicios médicos del SAS "sin resultado satisfactorio".

Estas enfermedades degenerativas "la estaban postrando", y requería la ayuda de una persona en todo momento, "con el grave riesgo de acabar en una silla de ruedas si no se le daba solución", señala la asociación.

Ante la situación, el 7 de junio de 2007 fue intervenida en la Clínica Cocharan de Barcelona, y a las pocas horas de la operación "comenzó a sentir una gran mejoría", al desaparecer la rigidez y recuperar la sensibilidad, por lo que "su calidad de vida en estos momentos no tiene nada que ver con la anterior", añade.

Tras ser desestimada la petición formulada por la paciente en la que pedía al SAS el pago de los gastos causados por la intervención en la clínica privada, El Defensor del Paciente presentó una demanda, que fue estimada y reconoció el abono de la mencionada cantidad.

La sentencia habla en sus fundamentos no sólo de la urgencia vital, sino del "riesgo vital" y considera acreditado que la paciente no había experimentado mejoría con las intervenciones practicadas por el SAS, y que alcanzó una importante recuperación inmediata tras operarse en la clínica privada.

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