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Condenan al SAS por la muerte de una paciente

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido condenado a pagar 38.780 euros a la familia de una mujer de 56 años que en 2003 ingresó en el Virgen del Rocío y a la que no se le diagnosticó la peritonitis que la mató.

el 15 sep 2009 / 20:15 h.

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Agencias/F. Villegas

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido condenado a pagar 38.780 euros a la familia de una mujer de 56 años que en 2003 ingresó en el Virgen del Rocío y a la que no se le diagnosticó la peritonitis que la mató. La defensa cree "ridícula" la cuantía y recurrirá al TSJA. El SAS sopesa lo mismo para pedir su absolución.

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla ha condenado al SAS al pago de 38.771,28 euros por "falta de asistencia" a una paciente que en mayo de 2003 ingresaba en Urgencias y a la que no le atinaron a diagnosticar lo que tenía, dándole el alta por dos ocasiones: la primera con diagnóstico de "dolor abdominal inespecífico", y la segunda ocasión con el de "cólico nefrítico".

Según informa en una nota la asociación El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han tramitado este caso, los hechos se remontan a los días 14 y 15 de mayo de 2003, cuando la paciente I.A.R acudió al Servicio de Urgencias del Virgen del Rocío.

Según la entidad, en el centro no se le dio importancia a una "analítica alterada", ni al posterior empeoramiento de la paciente transcurridas 24 horas ni al hecho de tener "un amplio historial de perforaciones gástricas" en el mismo hospital.

Junto a ello, sostiene que "incluso la (prueba) pericial presentada por el SAS reconoce que la paciente debió quedar ingresada en observación". Ante la "reiterada falta de asistencia", prosigue el Defensor del Paciente, los familiares decidieron trasladarla el 16 de mayo a una clínica privada, quedando ingresada con un diagnóstico de peritonitis por perforación gástrica.

Pese a ser intervenida, fallecía como consecuencia de la peritonitis por un shock séptico el 23 de mayo de 2003. La sentencia considera probado estos hechos, si bien entiende que concurren otras circunstancias atenuantes en este caso, como que la paciente "padecía una patología muy grave, por lo que la muerte resulta ser con frecuencia el desenlace final".

Por todo ello, el citado juzgado condena al SAS al pago de 38.771,28 euros, a razón de 9.692,82 euros para cada uno de los cuatro hijos de la fallecida.

La abogada defensora, María Jesús Villalpando, avanzó ayer que recurrirán la sentencia al juzgar "ridícula su cuantía". "Tenga en cuenta que solicitábamos 166.720 euros, que ya a mi parecer es poco porque, la verdad, la vida de una madre merece mucho más que eso, y más cuando su muerte podría haberse evitado si se hubiese diagnosticado bien y a tiempo. Es por eso que no entendemos cómo el juez, encima, aplica una atenuante que deja la sanción en la cuarta parte. Ha sido una tomadura de pelo después de seis años de litigio".

La letrada, además critica que a la hora de calcular la sanción el juez no haya tenido en cuenta los intereses devengados desde la apertura del caso en 2003.

Por su parte, fuentes del SAS confirmaron los términos de la sentencia pero dejaron abierta la posibilidad de recurrirla también ante el TSJA, algo que decidirán sus servicios jurídicos junto a su aseguradora.

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