El Gobierno combinará una serie de recomendaciones a la banca y reformas legales en el cobro de intereses por demora para menguar la cifra de desahucios en España, creciente por esta larga crisis económica y la subida constante del desempleo. El ministro del ramo, Luis de Guindos quiere -tan sólo quiere, no obliga- que los bancos y cajas acepten la dación en pago (saldar la hipoteca entregando las llaves) aunque en contados casos: los hogares que tengan a todos sus miembros parados. Para las entidades que acepten, habrá incentivos: una rebaja fiscal, dado que podrán deducir las pérdidas ocasionadas al asumir la vivienda impagada. En cambio, impondrá una reducción de los intereses moratorios para los préstamos, al estimar que son excesivos.
Lo fundamental, la dación en pago, exige, pues, de un pacto de caballeros. Es decir, que la banca -que, por cierto, ya está harta de ladrillo en los balances y esta iniciativa aumenta su cartera de viviendas en propiedad- tiene que aceptarla. Si bien, bien. Si no, seguirá utilizando la actual fórmula. Ésta dice que entregar las llaves de la casa al banco no supone terminar de pagar la hipoteca, cuyo importe para colmo, se sitúa por encima del valor de mercado. Un ejemplo: nuestro crédito asciende a 100.000 euros. No podemos pagarlo. Nos embargan. Aún la hipoteca está ahí generando, además, intereses. Se subasta incluso por la mitad del precio o se lo queda el banco. Existe un nuevo propietario. Desahucio. Embargo del resto de bienes de la familia, e incluso de los avalistas que ésta tuviera. A la calle.
Parece escandaloso, pero es el sistema empleado para todo tipo de crédito. Por ejemplo, un coche. Vale 18.000 euros. Nos otorgan el crédito. No podemos pagarlo. Nos embargan y se subasta. En el mercado vale la mitad. Pero el crédito lo tendremos que seguir amortizando hasta esos 18.000 euros. Caso extremo, tener un accidente y vehículo para la chatarra. No tenemos automóvil, sí préstamo. Apliquémoslo a una vivienda hipotecada.
El hecho de no ser obligatorio ni generalizado condujo ayer a las críticas. Sin embargo, se trata de la primera ocasión en que un Gobierno español arbitra -aún muy limitados- mecanismos para facilitar ese toma las llaves y adiós banco. Eso sí, no se sabe todavía cuándo comenzará a aplicarse ni tampoco la letra pequeña de esta iniciativa ni las entidades que van a aplicarla.
De hecho, este canje de casa por deuda se incluirá en el futuro código de buenas prácticas financieras, que son consejos, pero no imposiciones. En él se recogerá la recomendación de que las cuotas pagadas sean descontadas del capital pendiente de pago, para así reducir los intereses a abonar, al tiempo que se estudiará cómo reducir el gasto generado en los procesos judiciales por embargo -el embargado es el que carga con estos costes-. Y, por último, se indica a la banca que debería -sólo debería- corregir la diferencia entre el valor de tasación que se hizo al firmar la hipoteca y el actual (es inferior a aquél), es decir, atajar un exceso de cotización que se le confirió en su día.
Por último, este código no vinculante -que, no obstante, tendrá un importante componente para la imagen de la entidad, dado que el Ejecutivo publicará un listado con las que sí se adhiera- pide un periodo de carencia de dos años para que una familia embargada pueda seguir ocupando el hogar "un tiempo prudencial" -se habla de dos años-.
Hasta aquí, lo voluntario. Economía comunicó además una reforma de la legislación para propiciar una "atenuación" de los intereses moratorios, "donde hay un margen claro para la moderación, medida también destinada a las personas situadas bajo el umbral de exclusión". No habrá carácter retroactivo para nada. La banca puede sonreír.
¿Quiénes se beneficiará?
La dación en pago beneficiará a las familias con todos sus miembros en paro, que hayan agotado las prestaciones por desempleo y cuya casa objeto de ejecución hipotecaria sea primera y única residencia. En todo caso, "se establecerán las cautelas necesarias para evitar situaciones de abuso o fraude".
¿Cómo se aplicará?
No habrá imposición por parte del Gobierno, sino que se hará como recomendación a los bancos. Eso sí, se publicará una lista con las entidades que se adhieran al compromiso y las que lo hagan podrán deducirse fiscalmente la pérdida que genere la dación en pago. El factor imagen es muy importante en estos momentos para la banca ante el impacto social de los desahucios.
¿Cuándo y cómo?
No se sabe aún, porque el código de buenas prácticas no se ha terminado. Se negocia con la banca. Eso sí, no tendrá carcáter retroactivo. Se propone, además, una carencia de dos años para que los embargados no puedan salir de las viviendas.
¿Por qué tan tarde?
La iniciativa avanza algo en la dación en pago, pero pierde fortaleza al ser sólo de carácter voluntaria y muy limitada. Haber impuesto una dación hubiera supuesto una grave carga para unas entidades que ya tienen la cartera llena de inmuebles sin vender y, por tanto, un obstáculo más para la reestructuración.
¿Por qué tan tarde?
150.000 afectados por deshaucios y unos 328.000 procedimientos judiciales de embargos iniciados. Es el impacto social del impago de las hipotecas en España. Un drama para quienes se quedan en la calle.