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Decretan libertad provisional bajo fianza para el agresor del profesor Neira

Antonio Puerta deberá consignar la cantidad del 10.000 euros en concepto de fianza y tiene la obligación de comparecer ante la sede judicial competente los lunes de cada semana.

el 22 feb 2010 / 11:18 h.

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El profesor Jesús Neira llegando a los juzgados.

La magistrada del juzgado de Instrucción número 4 de Majadahonda ha decretado libertad provisional bajo fianza de 10.000 euros para Antonio Puerta, el hombre que agredió al profesor Jesús Neira en agosto de 2008 y que le ocasionó lesiones que le dejaron en coma varios meses.

Según informó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Puerta deberá consignar la cantidad del 10.000 euros en concepto de fianza. Para ello, tendrá un periodo de siete días. Si en este tiempo no ha depositado la fianza establecida, Puerta continuará en prisión.

Además, el acusado deberá comparecer ante la sede judicial competente los lunes de cada semana así como cuantas veces fuera llamado por la juez, en el caso de que ésta lo considere oportuno. También se prohíbe su salida del territorio nacional.

El auto establece, además, que se prohíbe a Antonio Puerta acercarse a Jesús Neira a menos de 500 metros de su persona, de su domicilio, de su lugar de trabajo y de cualesquiera otros lugares que frecuente; así como comunicarse con él por cualquier medio telefónico, electrónico o telemático.

La magistrada estima en su auto que, si bien existen motivos bastantes para considerar a Antonio Puerta criminalmente responsable de un delito de lesiones, deben tenerse en cuenta diferentes consideraciones que llevan a replantearse la medida de prisión provisional sin fianza acordada en su día.

Entre estas consideraciones figura el hecho de la reciente ratificación de los informes forenses en sede judicial, la notable mejoría experimentada por Neira desde que sufriera la agresión, el tiempo de diecisiete meses que Antonio Puerta lleva en prisión en relación con la gravedad de la pena de prisión establecida para este tipo de delito, así como el arraigo existente en la familia del imputado, con domicilio conocido y posición estable.

Por ello, acuerda sustituir la prisión provisional sin fianza por la medida de libertad provisional bajo fianza de 10.000 euros. Puerta deberá comperacer en el Juzgado semanalmente hasta que recaiga sentencia firme sobre el caso.


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