Leo, hace unos días, una noticia que alertaba de que una mujer que había denunciado a su marido por maltrato había quedado desprotegida porque dos Juzgados no asumían el conocimiento de las medidas derivadas de su divorcio. A cualquier profano en la materia ello le debe causar asombro e indignación, más aún cuando es habitual que se produzcan casos como el descrito. Pero lo que no se cuenta, quizás por crasa ignorancia, son los motivos que provocan esa indefensión. Lo fácil y manido, es echarle la culpa a los jueces. Pobre argumento que además encierra una clara ocultación de la realidad.
La Ley establece que los Juzgados de Violencia conozcan de las medidas civiles (pensiones, vivienda...) cuando tienen abierto un proceso penal de violencia sobre la mujer. Por tanto, si la señora que ha denunciado, demanda medidas para divorciarse ante el Juzgado de familia, éste debe abstenerse de su conocimiento remitiendo los autos al Juzgado de Violencia. Si cuando a éste llega el procedimiento, se ha sobreseído o archivado la causa, lo que cada vez más prolifera ante la sobredimensión del fenómeno del maltrato, vuelta a empezar pues el divorcio se remite de nuevo al Juzgado de Familia.
Todo correcto y legal. Un disparate pero ajustado a la estricta legalidad procesal. La consecuencia es que la adopción de esas medidas, tan vitales, para la mujer y sus hijos, se dilatan en esa maraña de traslados a los que nos obliga la deficiente técnica legislativa. Así un divorcio que puede resolverse en tres o cuatro meses puede prolongarse hasta año y medio. Ello sin contar el colapso de los juzgados de violencia y que la cosa se puede complicar si la denuncia se formula en un Juzgado distinto al del domicilio de la víctima. De ahí que muchas mujeres oculten su sufrimiento, no denunciando las que más necesitan una rápida y eficaz respuesta judicial a sus problemas más acuciantes.