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Derecho a decidir

La Ley del aborto en España ha vuelto al debate público tras las actuaciones policiales en varias clínicas barcelonesas y madrileñas donde, presuntamente, se efectuaban interrupciones voluntarias de embarazos sin cumplir la ley de los tres supuestos.

el 14 sep 2009 / 21:53 h.

La Ley del aborto en España ha vuelto al debate público tras las actuaciones policiales en varias clínicas barcelonesas y madrileñas donde, presuntamente, se efectuaban interrupciones voluntarias de embarazos sin cumplir la ley de los tres supuestos. Una norma que fue el reconocimiento condicional del derecho de la mujer a decidir. Pero también fue una concesión parcial del PSOE, en el gobierno, a la Iglesia Católica, que uso una demagogia dramática, con la descripción de los llamados "asesinatos de bebés" o la utilización de niños discapacitados para ponerlos al frente de las manifestaciones antiabortistas.

La Ley terminó con los abortos ilegales que amenazaban la vida de la mujer humilde, porque las familias pudientes viajaban a Londres, con todas las garantías sanitarias. Pero la norma dejó lagunas: Las consecuencias de la objeción de conciencia de los médicos en la sanidad pública, que se salvó con las clínicas concertadas. Un sistema que ha dado un servicio eficaz en Andalucía, pero no en otros puntos de España, donde las mujeres tienen que viajar cientos de kilómetros para la intervención, tras ser atendidas por médicos hostiles. Es discutible la objeción pero, en todo caso, debería dársele al facultativo la opción de traslado a otro servicio y garantizar el derecho reconocido por ley a la mujer. Lo contrario es un apaño que sufre la que más débil está en ese momento. La otra laguna de la ley está en su esencia, los supuestos. Un tercer supuesto, sin plazos, no equivale al derecho a decidir con plazos. La Ley debe reformarse, o mejor, hay que acabarla bien.

Inés Alba es periodista

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