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Derecho a Vivir pedirá a un juez que garantice cuidados a Ramona

Denunciará a Salud por obligar a quitarle la sonda, como pedía su hijo, al no ser un tratamiento.

el 25 ago 2011 / 20:23 h.

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La Asociación Derecho a Vivir (DAV) pedirá a la Audiencia Nacional la tutela judicial del derecho a la vida de Ramona Estévez, una anciana de 90 años ingresada en el Hospital Blanca Paloma de Huelva tras sufrir un infarto cerebral que la mantiene inconsciente y a la que la Junta ordenó quitar la sonda nasogástrica atendiendo a sus deseos, expresados por su hijo. La asociación también estudia denunciar a la consejera de Salud, María Jesús Montero, por obligar a los médicos a quitarle la sonda en aplicación de la Ley de Muerte Digna, al considerar que no respetó el derecho fundamental de los facultativos a la objeción de conciencia, que no aparece recogido en la norma.

DAV pedirá a un juez que garantice que Ramona recibe "recibe los cuidados indicados por los médicos que la atienden, conforme a la lex artis (código de buenas prácticas médicas) y al Ordenamiento Jurídico español, que persigue como un delito la práctica de la eutanasia". El hijo de Ramona, José Ramón Páez, insistió ayer en que cumplió la voluntad de su madre al pedir que le retiraran la sonda, a lo que se negaron los médicos por lo que lo denunció. Y defendió que existe una ley que ha de cumplirse. DAV considera que se ha vulnerado el derecho a objetar y ve un posible delito de omisión de auxilio, al considerar que la alimentación por sonda "no es un tratamiento médico, sino un cuidado básico" ya que "si dejan de alimentarla, morirá". Por ello ha encargado "un dictamen jurídico" para presentar una posible denuncia "a lo largo de la próxima semana" al entender "que pueden ser conductas ilícitas contra derechos fundamentales, tipificadas en el Código Penal".

La ley andaluza no regula la objeción médica porque la Junta se consideró incompetente. La objeción de conciencia es un derecho reconocido en la Constitución pero solo referido al ya desaparecido servicio militar. Sin embargo, la Ley de Muerte Digna -que Andalucía aprobó hace un año y que está sirviendo de modelo para la norma estatal en trámite- y la del Aborto han llevado a asociaciones y colegios de médicos a reclamar este derecho para determinadas prácticas. La del aborto prevé la objeción pero solo para los facultativos que intervienen directamente en la interrupción del embarazo y de hecho ya hay sentencias judiciales contrarias a los médicos de familia que se han negado a informar y derivar a las mujeres que quieren abortar. La ley estatal de muerte digna no lo prevé.

Desde 2004, los andaluces pueden hacer un testamento vital en el indican qué tratamientos aceptan o no recibir en caso de no poder decirlo en el momento. Ya lo tienen más de 21.000, de los que 2.400 son posteriores a la aprobación de la ley, que garantiza el derecho.

Extirpan una malformación y salvan su ojo

El Hospital Puerta del Mar de Cádiz ha operado con éxito a un menor de seis años para extirparle una grave malformación linfática, una tumoración que presentaba desde su nacimiento y que no había dado problemas hasta los seis años de vida, cuando su crecimiento súbito puso en peligro la visión del ojo izquierdo. La intervención tuvo lugar a primeros del año y actualmente el paciente está siguiendo sus controles rutinarios por parte de la Unidad de Cirugía Pediátrica “también con muy buenos resultados”. La operación ha logrado evitar la pérdida de visión del niño.

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