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Educación apremia a los directores a sancionar a los docentes que falten

El gabinete jurídico de la Junta ha emitido un reciente dictamen en el que advierte a los directores de colegios e institutos de que están obligados a expedientar y sancionar a los profesores que incumplan su horario sin justificar. Educación envió la circular a los centros al comprobar que los directores eludían dar parte de las faltas de sus compañeros.

el 15 sep 2009 / 18:03 h.

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El gabinete jurídico de la Junta ha emitido un reciente dictamen en el que advierte a los directores de colegios e institutos de que están obligados a expedientar y sancionar a los profesores que incumplan su horario sin justificar. Educación envió la circular a los centros al comprobar que los directores eludían dar parte de las faltas de sus compañeros.

La aplicación de la Ley de Educación Andaluza (LEA), aprobada a finales del año pasado, ha traido consigo cambios en el funcionamiento interno de los centros escolares, y algunos de ellos han confundido y desorientado al profesorado. Un ejemplo es el traspaso de responsabilidades respecto a quién debe vigilar las faltas de asistencia a clase de los propios docentes. Hasta el año pasado eran los inspectores educativos quienes daban parte a la Administración de las ausencias sin justificar de los maestros. Este curso, por primera vez, son los directores quienes están obligados a abrir expediente y sancionar a quien incumpla con su horario laboral, y dar aviso a la delegación.

Este traspaso de competencias está en la LEA, pero muchos directores lo desconocían o ignoraban cómo debían actuar ante el absentismo de sus profesores. Otros prefieren obviarlo porque, según han explicado, "podría terminar enfrentando a los compañeros en el claustro, dado que hoy el director soy yo, pero el año que viene puede ser otro". Por tanto, la normativa disciplinaria es clara, pero por el momento está en el aire. Y como consecuencia de esto, explican fuentes de Educación, "el curso ha empezado sin que apenas se hayan dado partes de ausencias injustificadas", y a la consejería le ha escamado que de un año para otro el índice de absentismo del profesorado haya bajado tanto de repente.

Hace un par de semanas, el delegado provincial de educación de Sevilla, Jaime Mougan, remitió a los centros una circular, a la que ha tenido acceso este periódico, recordando a los directores que están en la obligación de dar parte de las faltas de asistencia de su plantilla. "El Gabinete jurídico de la Junta en su dictamen 155/08F ha informado recientemente de la aplicabilidad inmediata de tal competencia", dice la circular.

Educación urge así a los directores para que empiecen cuanto antes a aplicar la normativa en materia disciplinaria en tres casos concretos: "el incumplimiento injustificado del horario de trabajo hasta un máximo de nueve horas al mes"; "la falta de asistencia injustificada en un día" y "el incumplimiento de los deberes y obligaciones, siempre que no sean faltas graves".

La sanción prevista para cualquiera de estos casos es el apercibimiento al profesor, que constará en su expediente personal, y será vinculante en caso de que éste solicite traslados o permisos. El director decidirá la sanción impuesta en función de la falta cometida, y la notificará a la delegación para que ésta estudie si, además de hacer constar la falta en el expediente del profesor, le recorta un porcentaje de su salario.

La circular recuerda a los directores que si se abstienen de informar a la delegación sobre las faltas de los profesores estarían "incumpliendo una obligación que podría generarle responsabilidades disciplinarias". Junto a la carta de Mougan se han adjuntado los formularios tipo que el director debe rellenar a la hora de expedientar a un profesor y el pliego de alegaciones que éste utilizará en su defensa.

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