Educación recurrirá al Supremo tras el fallo que anula las ayudas a las aulas segregada

El Alto Tribunal retira los conciertos a 5 colegios de Galicia y reabre el caso de 12 escuelas andaluzas

el 08 jul 2014 / 21:27 h.

albaydar«La Junta siempre ha ido al Supremo y siempre ha ganado». El consejero de Educación, Luciano Alonso, adelantó ayer que su departamento recurrirá al Alto Tribunal las resoluciones del TSJA que recientemente han obligado a la Junta a devolver los conciertos educativos a 12 colegios andaluces que segregan por sexos. El Ejecutivo andaluz, en aplicación de la Ley Orgánica de Educación (LOE), le retiró la subvención a esas escuelas por «discriminación por razón de sexo». Los colegios concertados católicos se negaron a implantar las aulas mixtas y empezaron el curso sin las ayudas públicas, pero recurrieron la decisión de la Junta ante el TJSA. Y éste les dio la razón. No en el fondo del asunto, pero sí ordenó la devolución de las subvenciones como medida cautelar, hasta que se resuelva el juicio. Entretanto, el Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia que anula los conciertos educativos de la Xunta de Galicia en cinco colegios que segregan a su alumnado por sexos. El fallo ha confirmado a la Junta de Andalucía que, una vez el proceso judicial abierto contra sus colegios segregados llegue al Alto Tribunal, éste anulará igualmente las subvenciones, como ha hecho en Galicia. «Mi respuesta en este tema s la misma que dice el Supremo», dijo ayer Alonso, quien recordó que en recursos anteriores, el Alto Tribunal ya dio la razón a la Junta, y previsiblemente ahora volverá a hacerlo. «No se puede pagar con dinero público la segregación» por sexos en los centros educativos, sentenció el consejero. Claves. La situación de la educación diferenciada en Galicia se encuentra en un recorrido judicial parecido al que viven las 12 escuelas afectadas en Andalucía. Claro que allí el actual Gobierno del PP defiende los conciertos a colegios segregados, y aquí el Ejecutivo de PSOE e IU prevén llegar el caso hasta la última instancia judicial para evitar que este modelo educativo siga sufragándose con dinero público. «Este fallo se refiere a un periodo ya cerrado y se apoya en un contexto normativo superado tras la aprobación de la Lomce [nueva legislación educativa que blinda la escuela diferenciada]», dijo ayer el departamento de Educación gallego. La sentencia del Supremo no cuestiona la fórmula de la educación diferenciada, «tan legítima como el modelo de coeducación que establece la ley». Lo que se cuestiona es que ese tipo de enseñanza reciba ayudas públicas. ¿Por qué hay disparidad de criterios judiciales en este tema? La legislación anterior (LOE) prohibía expresamente la «discriminación por sexo» en la escuela, es decir, un colegio subvencionado con fondos públicos no podía prohibir la entrada a uno de los dos sexos, e impartir una enseñanza exclusiva de niños o de niñas. En virtud de esa ley, los colegios que segregaban a su alumnado, aquí y en Galicia, perdieron las ayudas públicas. Las administraciones se las retiraron, ellos las recurrieron en tribunales ordinarios de lo contencioso administrativo, y éstos se las negaron. Pero entonces hubo un cambio de Gobierno. El Ejecutivo del PP cambió la legislación educativa y blindó el modelo de educación diferenciada, que ahora sí podía ser sufragado con fondos públicos. El Alto Tribunal andaluz le devolvió el concierto a los colegios segregados, como medida cautelar, y advirtió de que el recurso interpuesto por la Junta se basaba en una ley ya derogada. Los jueces no entraron en el fondo del asunto, pero sí advertían de que ahora había una nueva legislación en vigor (Lomce) que daba la razón a la concertada. El Supremo, en cambio, le ha quitado los conciertos a estas escuelas en Galicia porque en el momento en el que los solicitaron regía una ley que prohibía subvencionar aulas separadas por sexos. La Junta cree que el Alto Tribunal ha sentado jurisprudencia, pero el fondo del asunto aún está por resolver. La clave está en la interpretación que hagan los jueces en última instancia, probablemente el Constitucional: a saber, ¿se pueden retirar unas ayudas públicas a un colegio concertado si la ley lo estipula, aunque la ley esté a punto de cambiar? ¿O se pueden autorizar unas subvenciones en contra de la legislación vigente porque la ley está a punto de cambiar y hacer que esas ayudas sean legales?

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