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El autor del atropello de Paseo Colón deberá cumplir otro año de cárcel tras no pagar la multa

La multa era en total 4.320 euros, cantidad que Fernando Vargas no abonó.

el 21 abr 2013 / 11:44 h.

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Fernando Vargas Cornelló, el joven que fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla a seis años de cárcel por atropellar mortalmente a dos jóvenes, Patricia Alfaro y Almudena González, en el Paseo Colón de la capital hispalense en la Semana Santa de 2010, deberá cumplir un año de prisión adicional al no haber pagado la multa que le fue impuesta en la sentencia.

   Fuentes del caso han informado a Europa Press de que la condena impuesta en su día al acusado incluía 24 meses de multa a razón de seis euros diarios, en total 4.320 euros, cantidad que Fernando Vargas no abonó, lo que motivó que se iniciara el proceso de averiguación de bienes del imputado a fin de ejecutar la multa, búsqueda que concluyó sin éxito. Tras ello, el Juzgado de lo Penal número 8 de Sevilla --que condenó inicialmente al acusado a seis años y medio de prisión, pena que fue rebajada por la Audiencia a seis años-- ha dictado un auto en el que le condena a un día de privación de libertad por cada dos cuotas de la multa impagadas, lo que hace un total de un año de prisión, según las fuentes consultadas. Seguidamente, el Juzgado ha efectuado la correspondiente liquidación de la condena del imputado, proceso en el que se calcula el tiempo de cumplimiento y se descuenta el período que el acusado haya pasado en prisión preventiva. Una vez hechos los cálculos, y sumado el año de cárcel por el impago de la multa, Fernando Vargas, que ingresó en la cárcel el 5 de abril de 2010, permanecerá en prisión hasta el día 27 de marzo de 2017, han apuntado a Europa Press fuentes del caso. El Juzgado de lo Penal número 8 condenó a Fernando Vargas a seis años y medio de prisión como autor responsable de un delito contra la seguridad vial en su subtipo de ir conduciendo sin carné --seis meses--, dos delitos de homicidio imprudente en concurrencia con un delito contra la seguridad vial en el subtipo de conducción temeraria --cinco años de cárcel--, y un delito de omisión del deber de socorro --un año--. Tras los recursos presentados tanto por las acusaciones como por la defensa, la Audiencia Provincial absolvió al acusado del delito contra la seguridad vial en su subtipo de conducir sin carné, quedando la pena final en seis años de prisión. Durante la celebración de la vista oral en febrero de 2011, el condenado aseguró que el semáforo donde tuvo lugar el fatal siniestro, ubicado frente a la Torre del Oro, estaba en verde, que circulaba a 60 kilómetros por hora y que "en ningún momento" vio a las víctimas, pero que cuando sintió el impacto levantó "el pie del acelerador", fue frenando y orillándose a la derecha con el objetivo de parar porque "nunca" se quiso dar a la fuga.

NO TENÍA PERMISO DE SU MADRE PARA COGER EL COCHE

El procesado, que insistió en que no se saltó ningún semáforo en rojo, explicó que el 3 de abril de 2010 se encontraba en Cazalla de la Sierra, y que fue sobre las 18,30 horas cuando cogió el vehículo Renault Clío propiedad de su madre para acudir a Sevilla a ver un partido de fútbol en el estadio Ramón Sánchez Pizjuán, asegurando que "no tenía autorización" de su madre para coger el coche debido a su adicción a la cocaína y a las infracciones de tráfico cometidas previamente. Pues bien, según recordó el fiscal de Seguridad Vial, todas estas infracciones motivaron que la Jefatura Provincial de Tráfico le remitiera un correo certificado en el que se le notificaba el inicio del expediente que daba lugar a la pérdida de vigencia del permiso de conducir --había perdido los 12 puntos por siete sanciones-- y a la posterior retirada de la licencia, pero el procesado alegó que "desconocía por completo" este extremo. "Yo no sabía que no podía conducir, firmé pero no leí la notificación del inicio del expediente", añadió. El acusado reconoció que a pesar de todo ello, le cogió sin permiso las llaves del coche a su madre y se dirigió hacia Sevilla, llegando al campo de fútbol en torno a las 20,30 horas y reuniéndose con un grupo de amigos. Allí, y siempre según su relato, se bebió dos cubatas de ron con coca-cola, para posteriormente entrar al campo del Sevilla. Una vez finalizado el partido, cogió el coche al objeto de llevar a su amigo Adrián del Nido --hijo del presidente del Sevilla-- a la estación de Plaza de Armas.

NO ESTABA AFECTADO POR EL CONSUMO DE ALCOHOL

El acusado indicó que, cuando cogió el vehículo, se "encontraba fresco" y en ningún momento afectado por el consumo de alcohol --en la prueba de alcoholemia que le fue realizada tras el accidente mortal dio positivo por 0,51 gramos por litro--, tras lo cual se dirigieron por la zona del Costurero de la Reina hacia Plaza de Armas. "Circulé bien, tomé mis precauciones y no me salté ningún semáforo", según insistió entonces Fernando Vargas, que agregó que el primer semáforo --el de la esquina del MC Donald del Cristina-- estaba parpadeando en amarillo, y los dos semáforos posteriores en verde. Tras ello, argumentó que en el Paseo Colón "había poca iluminación" y que el atropello se produjo "en el momento que miraba el cuentakilómetros, que marcaba 60 kilómetros por hora", cuando "sentí un impacto", pero "en ningún momento vi" a las víctimas, que, según dijo, debían estar cruzando "por fuera" del paso de peatones. Una vez consumado el atropello, y cuando ya no podía ver por el cristal delantero debido a que éste se había agrietado, "dejé de acelerar, fui frenando, me orillé a la derecha y me bajé del coche". Según los peritos, Fernando Vargas podría haber alcanzado una velocidad de 128 kilómetros por hora en el momento del atropello y, al menos, se habría saltado un semáforo en rojo, el anterior a donde tuvo lugar el suceso, según el informe pericial realizado por la Policía Local en cuanto a la secuencia de los tres semáforos ubicados en esa zona.

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