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El Ayuntamiento aprueba la devolución de la paga extraordinaria a sus trabajadores

También destaca que el periodo medio de pago a proveedores no supera el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, alcanzando los 8,99 días.

el 27 feb 2015 / 15:07 h.

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La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sevilla, reunida en  sesión extraordinaria, ha aprobado el abono de las cantidades dejadas  de percibir por la plantilla municipal por la supresión de la paga  extraordinaria y de la paga adicional de complemento específico o de  pagas adicionales equivalentes de diciembre de 2012 como consecuencia  de la aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de  medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de  la competitividad. Según el documento, recogido por Europa Press, este acuerdo será  notificado a los organismos autónomos y demás entes dependientes del  sector público municipal para que se proceda a la ejecución de lo  acordado, devolviendo la paga tanto al personal funcionario, como al  laboral, eventual o de confianza política, además de al personal  directivo o asimilado. Estas cantidades serán las equivalentes a la parte proporcional  correspondiente a los primeros 44 días de la citada paga  extraordinaria o adicional como complemento específico de diciembre.  En caso de que no se hubiera procedido al reconocimiento de la  totalidad de la paga, esos días se reducirían proporcionalmente al  cómputo de días que hubiera correspondido. Cabe recordar que la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de  Presupuestos Generales del Estado para 2015, establece la  recuperación de la paga extraordinaria y adicional de diciembre de  2012 para el personal del sector público, algo para lo que el  Ayuntamiento ya contaba con una partida reservada por importe de  cuatro millones de euros, "una cantidad suficiente para atender este  gasto", según la memoria justificativa del acuerdo, recogida por  Europa Press. Así, la aprobación por parte de cada Administración pública estaba  condicionada al cumplimiento de los criterios y procedimientos  establecidos en la ley, como es la estabilidad presupuestaria, la  regla de gasto, el límite de deuda o el periodo medio de pago a  proveedores, asuntos todos que han sido cumplidos por el Ayuntamiento  hispalense. En este sentido, según la información remitida al Ministerio de  Hacienda, el Ayuntamiento cumple el principio de estabilidad  presupuestaria en los cuatro trimestres y de manera continuada;  mientras que la regla de gasto refleja incumplimiento, pero menor que  en 2013, algo que se achaca fundamentalmente a la operación de  refinanciación del préstamo de Emvisesa para financiar las obras del  Palacio de Exposiciones y Congresos de Sevilla (Fibes). También, se destaca que el periodo medio de pago a proveedores no  supera el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad,  alcanzando los 8,99 días según el último certificado remitido a  Hacienda, a la par que cuenta con un endeudamiento de 59,32 por  ciento sobre los derechos líquidos, algo ante lo que la normativa  exige un endeudamiento inferior al 75 por ciento.

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