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El Betis deberá readmitir o indemnizar a Jorge Vázquez

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido el recurso del ex miembro de la secretaría técnica del Real Betis Balompié.

el 20 ene 2011 / 13:34 h.

El fallo del tribunal declara que Jorge Vázquez fue despedido "de forma improcedente" en junio de 2008 y señala que deberá ser readmitido o indemnizado por el equipo verdiblanco.

Esta resolución deja sin efecto la sentencia favorable al Betis dictada por el Juzgado nº3 de Sevilla y ordena la "readmisión" de Vázquez "en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, o el abono de una indemnización ascendente a 6.708,50 euros".

Asimismo, el demandante "deberá cobrar 77,78 euros al día, incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias, desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia del mismo o hasta que hubiera encontrado otro empleo", concluye el fallo.

El fiscal cree desproporcionados los honorarios de administradores  

Por su parte, la Fiscalía de Sevilla se ha opuesto a los honorarios de 36.000 euros al mes fijados por la juez para los tres administradores judiciales del Betis, que cree "desproporcionados" y "de dudosa legalidad".

En un escrito remitido al Juzgado de Instrucción 6, la fiscalía apoya la petición del ex máximo accionista del Betis Manuel Ruiz de Lopera, imputado por delito societario, quien se había opuesto tanto al nombramiento de los administradores de su paquete de acciones como a su retribución.

Ahora la Fiscalía no solo apoya este recurso sino que afirma que dichos honorarios podrían dar lugar a una nulidad de actuaciones ya que deben ser pagados por el "menguado erario público" y la juez ha causado indefensión a la Administración pública, a la que no ha llamado para ser oída.

Los tres administradores -encabezados por el ex futbolista Rafael Gordillo- cobrarán un máximo de 12.000 euros al mes cada uno, cantidad fijada por la juez con criterios de "dudosa legalidad" y "graves consecuencias jurídicas", según la Fiscalía.

Entre otros defectos, el escrito recoge lo "incongruente" de la retribución y la falta de razonamiento de la medida pues la ley exige que los honorarios respondan "detalladamente a actuaciones" de los profesionales.

La Fiscalía dice que la juez ha aplicado una medida civil en un proceso penal y añade que el único antecedente comparable, la intervención del Atlético de Madrid en 1999 por la Audiencia Nacional, designó un único administrador para el cien por cien del accionariado, que además era un interventor de finanzas del Estado, y ahora solo han sido intervenidas el 51 por ciento de las acciones.

 

 

 

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