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El CGPJ deja a Urquía sin su plaza en Marbella

El Consejo General del Poder Judicial acordó ayer privar al juez De Urquía de forma definitiva de su plaza en el Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella. Con ello ejecuta la sentencia del Tribunal Supremo que lo condenó a 21 meses de inhabilitación y a una multa de 73.800 euros por un delito de cohecho.

el 16 sep 2009 / 01:25 h.

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El Consejo General del Poder Judicial acordó ayer privar al juez De Urquía de forma definitiva de su plaza en el Juzgado de Instrucción número 2 de Marbella. Con ello ejecuta la sentencia del Tribunal Supremo que lo condenó a 21 meses de inhabilitación y a una multa de 73.800 euros por un delito de cohecho.

Tras serle notificada al juez Francisco Javier de Urquía Peña la sentencia del Supremo, la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces se reunió ayer expresamente para acordar su pérdida de destino e incluir el que hasta ahora fuera su juzgado en el próximo concurso de traslado entre magistrados.

El pasado día 9, el Supremo hizo pública la sentencia que modificó la pena de dos años de cárcel a la que fue condenado inicialmente el juez por un delito de cohecho por los 21 meses de inhabilitación y el pago de una multa de 73.800 euros. Además, lo absolvió del delito de prevaricación al que también fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el pasado verano.

En la misma sentencia se condenó al ex asesor de Urbanismo de Marbella (Málaga) Juan Antonio Roca a una multa de 36.900 euros como autor de otro delito de cohecho, en lugar del año de prisión impuesto por el TSJA en agosto de 2008.

La sentencia del alto tribunal andaluz, que fue recurrida por ambos, consideraba probado que en marzo de 2006 De Urquía pidió dinero a Roca para abonar la cantidad que se le pedía a la firma del contrato de compra de una vivienda en la Urbanización Azalea Beach a cambio de un trato favorable en asuntos judiciales. Añadía que, para favorecerle, accedió a su petición de dictar un auto para suspender la emisión del programa televisivo Misión Imposible: JAR alusivo a presuntas actividades del ex asesor urbanístico marbellí.

El Supremo rechazó el recurso de la defensa de Roca, pero estimó en parte el interpuesto por el juez, anulando la sentencia del tribunal andaluz y absolviendo al magistrado de un delito de prevaricación judicial, al entender que los defectos que se produjeron en el proceso judicial para suspender dicho programa no fueron constituyentes de delito.

Así, lo condenó sólo por un delito de cohecho en una modalidad que no prevé pena de prisión, sino multa y suspensión. En este punto, argumentó que los hechos relatados coinciden con un delito de cohecho, pero no del artículo por el que se le condenó inicialmente sino de otro, al haber desaparecido el delito de prevaricación.

Además, el Supremo explica que al no conocerse el contenido del programa debe entenderse que el mismo "justificaba la resolución de suspensión de la emisión", es decir, se estima que el cohecho "no tuvo por objeto la ejecución de un acto injusto por Urquía".

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