Los administradores concursales del Betis.
El concurso de acreedores del Betis va por buen camino y al club le falta poco más del 5% para alcanzar un acuerdo con el 51% de la masa acreedora, una vez que su propuesta de convenio dispone ya del visto bueno de los jugadores representados por la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE), la Liga de Fútbol Profesional (LFP) y el Elche. La previsión de la entidad es que el 23 de mayo se firme ese convenio y se ponga fin al concurso, aunque a partir de ahí necesitará ocho o diez años para saldar su multimillonaria deuda. El proceso, sin embargo, no acaba en ese momento. Con el convenio ya en el Juzgado de lo Mercantil, el magistrado Eduardo Gómez lo trasladará luego a los administradores que designó para que supervisasen el concurso (Antonio Jesús González, Francisco Tato y Gerardo Narbona), que a su vez tendrán que calificarlo. Y en función de lo que digan puede haber nuevas consecuencias...Un concurso puede ser calificado de dos maneras: fortuito o culpable. Si es fortuito, todo ha ido bien y no hay ningún problema. Si los concursales lo consideran culpable, significa que se ha producido alguna irregularidad y que ha habido dolo por parte de los administradores de la sociedad. En este caso, los exdigirentes del club heliopolitano, como responsables de las cuentas de la entidad, serían inhabilitados para ejercer cargo en cualquier sociedad mercantil durante un periodo de entre 2 y 15 años y además podrían ser condenados a pagar el déficit del concurso. Y a lo peor, si el Betis acabase liquidado, tendrían que pagar a los acreedores todo o parte del importe de sus deudas no satisfechas tras la liquidación y deberían responder con su propio patrimonio.
Para que se abra esta parte del proceso, la de calificación, debe producirse una de estas circunstancias: que el concurso se resuelva con la liquidación de la sociedad, supuesto que en el Betis no se cumple por ahora, o que el convenio establezca una quita superior a un tercio del importe de la deuda ordinaria o una espera superior a tres años. Este requisito sí se satisface, ya que la quita propuesta es del 50% y la espera oscilará entre 8 y 10 años.