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El Constitucional niega el amparo al cabecilla de un clan sevillano

Estuvo fugado dos años y fue detenido en julio de 2012 en un descuido de quienes vigilaban la casa durante la semifinal de la Eurocopa entre España y Portugal

el 06 jul 2014 / 15:38 h.

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El Tribunal Constitucional ha rechazado el amparo solicitado por Francisco M.S., cabecilla de un clan sevillano de presuntos delincuentes que llegó a estar dos años fugado de la cárcel hasta que fue detenido en junio de 2012. El Constitucional, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, declara que no se ha vulnerado el derecho de Francisco M.S. a la tutela judicial cuando el juzgado penal 10 de Sevilla, y luego la Audiencia provincial, rechazaron que estuviese prescrita una condena de dos años y medio de cárcel que le impusieron en diciembre de 2003 por delitos de robo con violencia y lesiones. Dicha condena no estaba cumplida en el año 2012 por aplicación de lo previsto en el Código Penal para el cumplimiento sucesivo de diferentes penas y porque Francisco M.S. se fugó durante un permiso penitenciario, el 26 de agosto de 2010, y no fue detenido hasta dos años después, el 26 de junio de 2012, cuando la Policía aprovechó un descuido de los miembros de su clan que vigilaban la parcela de Carmona (Sevilla) donde se había refugiado. El fugado, cabecilla de uno de los clanes más activos en la barriada sevillana de las Tres Mil Viviendas, se escondía en una vivienda dotada de cámaras de videovigilancia por infrarrojos que funcionaban las 24 horas, perros mastines de gran tamaño y una primera casa a la entrada de la parcela ocupada por miembros del clan que ejercían de vigilantes, además de que los terrenos colindantes estaban ocupados por otros miembros de su familia que alertaban de la presencia de extraños. La Policía aprovechó para detenerlo el día que se disputaba la semifinal de la Eurocopa entre España y Portugal, cuando los vigilantes bajaron la guardia y el presunto delincuente fue detenido mientras dormía con una escopeta de calibre 12 junto a su cama. Sobre Francisco M.S. pesan, entre otras, una condena de nueve años de la Audiencia de Sevilla, otra de dos años y seis meses por robo violento y lesiones, y seis meses de cárcel impuestos en Huelva. El afectado recurrió al Constitucional porque, a su juicio, se habían vulnerado sus derechos a la tutela judicial, a la libertad personal y a la legalidad penal al negarle la prescripción de las condenas más antiguas, pero el TC establece que"la argumentación ofrecida por los órganos judiciales es respetuosa con el canon de motivación reforzada establecido por este tribunal en materia de prescripción".

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