El Constitucional suspende el decreto andaluz antidesahucios durante cinco meses

Desde que entró en vigor el pasado 12 de abril la Junta de Andalucía ha iniciado los expedientes de expropiación temporal de doce viviendas.

el 11 jul 2013 / 14:07 h.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido este jueves  admitir a trámite el recurso del Gobierno central contra el Decreto-Ley andaluz de medidas para asegurar el cumplimiento de la  Función Social de la Vivienda, conocido como decreto antidesahucios,  lo que supone la suspensión cautelar de la norma durante cinco  meses. El tribunal dará ahora traslado de la demanda al Congreso de los  Diputados y al Senado, así como al Gobierno y al Parlamento andaluz,  a través de sus presidentes, que dispondrán de un plazo de 15 días  para personarse en el proceso y formular alegaciones. Durante los últimos meses se han disparado las protestas por las ejecuciones de desahucio por parte de entidades bancarias.De acuerdo a lo previsto, la impugnación produce la suspensión de  la disposición recurrida, pero el tribunal, en su caso, deberá  ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses, por  lo que la admisión a trámite tendrá como inmediata consecuencia la  suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados,  desde la fecha de interposición del recurso --9 de julio de 2013--  para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada  la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros, lo  que también comunicará a los presidentes del Gobierno y del  Parlamento de Andalucía. El Gobierno anunció el 28 de junio que recurriría el decreto  andaluz, que prevé expropiaciones de viviendas, previo informe del  Consejo de Estado, que el pasado 4 de julio dio la razón al Ejecutivo  al considerar que existen "fundamentos jurídicos" para la  interposición del recurso de inconstitucionalidad contra el decreto y  contra los cambios que introduce en el artículo 1.3 de la Ley  reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía. La vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, había adelantado  que el Gobierno entiende que la norma andaluza "afecta al contenido  esencial del derecho a la propiedad de la vivienda, que es una norma  reservada a las Cortes Generales, establece una responsabilidad  sancionadora al margen del principio de culpabilidad que viene  exigido por la Constitución y establece una regulación contraria al  principio igualdad". En el mismo sentido, detalló que "en la regulación de los derechos  por ella afectados es necesario que exista una norma de carácter  general y estatal para garantizar la igualdad" e indicó que "además  de los razonamientos que ha manifestado la Unión Europea y su  preocupación por la norma", el Gobierno ha analizado el respeto a la  normativa constitucional. "Ese es el único fundamento que sirve para  un recurso de inconstitucionalidad", añadió. Desde que el decreto de la función pública de la vivienda entró en  vigor el 12 de abril, la Junta de Andalucía ha iniciado los  expedientes de expropiación temporal de doce viviendas y ha defendido  la constitucionalidad de una norma que, según palabras de la  Consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés, tiene "legalidad  jurídica plena" y un "respeto escrupuloso al Estatuto de Autonomía  andaluz y la Constitución español".

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